Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 25 de Febrero de 2011, expediente 27.381/08

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa nro. 27381/08

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 86406 CAUSA NRO. 27381/08

AUTOS: “S.P.E. c.A.S.A. s. despido”

JUZGADO NRO. 75 SALA I

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de Febrero de 2.011, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo a la correspondiente desinsaculación, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. G.A.V. dijo:

I)- El Sr. Juez a-quo, a fs.421/429, hizo lugar al reclamo y condenó a la demandada a pagar una indemnización por despido y otros créditos de naturaleza laboral. Tal decisión es apelada por la parte actora a tenor de las manifestaciones insertas en el memorial de fs.

430/433 y 434. La Sra. P. contadora cuestiona la regulación de sus honorarios por considerarlos reducidos, a fs.437.

II)- Con relación al primero de los agravios articulados por la actora, en orden a las multas de los arts.10 y 15 de la LNE, no asiste razón al recurrente. En este punto comparto el criterio expuesto por el Sr. Juez de grado pues no hay elementos probatorios idóneos para concluir en que la trabajadora trabajaba los días sábados y domingos, en guardias y que la retribución por tales tareas fuera abonada en forma extracontable. Las declaraciones testimoniales brindadas a instancia de la parte actora lucen insuficientes a tal fin.

En efecto, el Sr. C.A.P. (fs.400/401) refiere que trabajó a las órdenes de la demandada hasta diciembre del año 2000, fecha que dista notablemente de la desvinculación de la accionante (ocurrida el 3 de abril de 2008), años durante los cuales desconoce cuál era la modalidad y operatoria de la jornada de trabajo de sus excompañeros de trabajo (fs.400/401). La testigo Sra. M.F., si bien dice que la actora realizaría guardias, refiere que no compartían el mismo lugar de trabajo y afirma que por ello “…no veía a la actora entrar a trabajar porque estaba en otra parte…no la veía a la actora cuando ella salía del trabajo…nunca vio a la actora cobrar un sueldo…nunca vio que la actora cobrara ‘en negro’ las guardias...” (fs.402/403). Finalmente, el deponente Sr. C.D.B. relata que “…la actora y el testigo trabajaban de lunes a viernes…la actora trabajaba sábados y domingos…no sabe en que horario…el testigo no trabajaba los sábados y domingos… sabe que la actora trabajaba los sábados y domingos porque conversaban…” (fs.404/405),

circunstancias que denotan un conocimiento de los...

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