Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 28 de Diciembre de 2020, expediente CIV 087820/2009

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

87820/2009

S.M.A. c/ SWISS MEDICAL S.A.

Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, de diciembre de 2020.- MA

Y VISTOS. CONSIDERANDO:

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió con fecha 29 de octubre del corriente año el recurso de queja deducida por Swiss Medical SA y SMG Compañía de Seguros SA contra el rechazo del recurso extraordinario que fuera desestimado por la S. L de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. A resultas de su decisión manda dictar nuevo pronunciamiento, lo que motiva la intervención de este tribunal Contra la declaración de constitucionalidad del artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación deduce la parte actora y su letrada, Dra. L., por su propio derecho apelación el 1-08-2017 (fs. 894) expresando sus agravios el 11-08-

2017 (fs. 896/899). El Fiscal de Cámara por su parte dictaminó

conforme surge de fojas 914/915.

  1. En orden al asunto que se debate, y con arreglo a lo resuelto por nuestro más alto Tribunal, cabe señalar Fecha de firma: 28/12/2020

    Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

    que la limitación que establece la citada norma, en concordancia con aquélla que preveía el artículo 505 del Código Civil, no lesiona los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional,

    por cuanto es consecuencia del razonable ejercicio de las facultades que asisten al Poder Legislativo para disminuir los costos de los procesos judiciales (conf. CNCiv., S.G.,

    23/12/2013, “Sosa, J.R.c.M. de Rifice, N.I. s/ daños y perjuicios”, R. 086283/2006/CA002; id., ídem.,

    04/05/2018, “Viñales, G.E. c/ La Independencia S.A. s/

    daños y perjuicios”, R. 82573/2008/CA001; id., ídem., 09/04/2019,

    S., A.A.c.G., M.S. s/ daños y perjuicios

    , R. 84041/2013/CA004).

    En los precedentes citados, se destacó que nuestro Máximo Tribunal se había ya expedido en un caso análogo, al abordar el tratamiento de la cuestión relativa al tope del 25% y consiguiente prorrateo estipulado con relación a las costas de los procesos laborales, pronunciándose acerca de la constitucionalidad de normas de este tipo, en el entendimiento que no evidenciaban una finalidad persecutoria o discriminatoria, sino que por el contrario, otorgaban idéntico tratamiento a todos los profesionales que asistían a la parte no condenada en costas, insertándose así en el marco de un régimen legal...

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