Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 16 de Febrero de 2017, expediente CAF 061980/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 61980/2016 SCABINI, M. c/ GCBA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 16 de febrero de 2017.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 37, contra la resolución de fs. 34; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la señora M.S. promovió demanda de años y perjuicios con el objeto de que se ordenara al Banco de la Nación Argentina, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y quien resultara dueño o titular del inmueble ubicado en la Av. Santa Fe 2299 de esta Ciudad, a reparar los perjuicios sufridos el 13 de noviembre de 2014 como consecuencia del desnivel entre las baldosas y una rejilla ubicada en la vereda de la sucursal de la referida entidad bancaria (fs. 2/27).

  2. ) Que el señor juez a quo se declaró incompetente para resolver en autos y ordenó su remisión a la Justicia en lo Contencioso Administrativo y T. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al compartir los argumentos del Fiscal quien sostuvo que la acción estaba dirigida principalmente contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, sobre esa base, recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto del sistema federal de Estado y la competencia de los jueces locales en las causas en la que versan sobre derecho público local.

    Asimismo, indicó que el art. 2º del Código Contencioso Administrativo y T. de la Ciudad de Buenos Aires establece que la competencia de ese fuero es de orden público.

    Finalmente, señaló que la ordenanza municipal que es fundamento de la imputación al Banco de la Nación Argentina –y que deberá ser analizada para resolver el pleito– es de naturaleza eminentemente local, sin perjuicio que el demandado haga valer a su favor el fuero federal (fs. 32/33 y 34).

  3. ) Que contra tal resolución la parte actora interpuso y fundó

    recurso de apelación (fs. 36), que fue concedido a fs. 37.

    Argumentó que en la resolución cuestionada se había omitido considerar que el Banco de la Nación Argentina era demandado en la litis y que, por aplicación de las disposiciones de la ley 21.799, correspondía que tomara intervención el fuero federal.

    Sobre esa base, indicó que, como en el caso las dos normas Fecha de firma: 16/02/2017 Firmado por: M.D.D...

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