Sentencia de CAMARA FEDERAL, 30 de Junio de 2015, expediente FPA 022000550/2012
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
Emisor | CAMARA FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 22000550/2012 raná, 30 de junio de 2015.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “SAVINI, OCDULIO PABLO C/
ANSES S/ ACCION DE INCONSTIT. (AUTOSATISFACTIVA)”, Expte.
N° FPA 22000550/2012, provenientes del Juzgado Federal N°
2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:
I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la parte actora a fs. 27/vta.
y por la demandada a fs. 29/31, contra la resolución de fs. 23/25 que, en lo que aquí interesa, hace lugar a la demanda y declara la inconstitucionalidad para el caso concreto del art. 4 de la Resolución Nº 884/06, en cuanto impide el goce del beneficio jubilatorio otorgado al actor en el marco de la ley 25994; dispone que la parte demandada proceda a liquidar –de inmediato- el beneficio jubilatorio de la actora, con los haberes respectivos adeudados; impone las costas a la demandada, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.
Los recursos se conceden a fs. 32. A fs. 38 la Cámara Federal de la Seguridad Social dispone la devolución de la presente causa al Juzgado de origen, a fs. 41 el Sr. Fiscal General ante Cámara contesta la vista corrida y quedan estos autos en estado de resolver a fs. 45.
Fecha de firma: 30/06/2015 Firmado por: D.E.A. Firmado por: MATEO JOSÉ BUSANICHE
II-
-
Que el letrado de la actora apela los honorarios regulados por considerarlos bajos y porque no se condicen ni con la labor realizada ni con la actual evolución del índice de precios ni inflación. Hace reserva del caso federal.
-
Que agravia a la demandada la imposición de las costas a su parte y solicita la distribución en el orden causado conforme el art. 21 de la ley 24463.
En relación al fondo de la cuestión debatida, refiere a la política de inclusión fijada y plantea que la Resolución 884/06 de ANSES procura priorizar el otorgamiento de los beneficios a aquellos adultos mayores que no cotizaron en tiempo y forma al sistema, lo que nada tiene de inconstitucional.
Agrega que tanto el PEN con el dictado del decreto 1451/06, como la ANSES con el de la resolución 884/06, actuaron dentro de las órbitas de sus respectivas facultades y en cumplimiento de sus obligaciones.
Hace reserva del caso federal.
III- Que el actor interpone acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se declare la inconstitucionalidad del art. 4 de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba