Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 18 de Octubre de 2019, expediente CNT 057019/2017

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 57019/2017 JUZGADO Nº 59 AUTOS: "S.S.G.L.P. Y EN REP. DE SU HIJA MEN., LUANA MOSCOLONI c/ PROVINCIA ART S.A. s/ ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Ciudad de Buenos Aires, 18 del mes de OCTUBRE de 2019.-

VISTO:

Los recursos de fs. 354 (PERITO CONTADORA) y de fs. 387 y 395 (PARTE DEMANDADA), y; CONSIDERANDO:

  1. El señor Juez de grado, a fs. 351 homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes y reguló honorarios a favor del perito contador en la suma de $800.

    A fs. 386, la representación de la demandada, solicito regulación de estipendios, los cuales fueron regulados a fs. 393, en la suma de $400.500 a cargo de la parte demandada.-

    Disconforme con la regulación de sus honorarios, a fs. 354, apela el perito contador y por reputarlos elevados se agravia la demandada a fs. 387 A tenor del escrito de fs. 356 por reputarlos elevados y por derecho propio reducidos, apela la representación de la accionada la regulación de fs. 393.-.

    .

    Fecha de firma: 18/10/2019 Alta en sistema: 21/10/2019 Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #30349331#247290374#20191018094140504

  2. En atención a la importancia, mérito y extensión de las labores cumplidas por la perito contadora, quien técnicamente no efectuó pericia (por aceptación del cargo y principio de ejecución de cometido) y pautas arancelarias, la regulación de honorarios efectuada en grado se revela razonable, por lo que deberá ser confirmada.

    III- Los honorarios apelados por la representación de la demandada, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y pautas arancelarias de aplicación, elevados por lo que deberán ser reducidos a la suma de $350.000 (artículos 6, 7 y 19 de la Ley 21.839).

    Teniendo ello en cuenta, y atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas, la...

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