Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 29 de Diciembre de 2020, expediente FMZ 027645/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B

FMZ 27645/2017/CA1

Mendoza,

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 27645/2017, caratulados: “SATTI, OMAR c/

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (I.N.T.A.) s/

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO VARIOS”, venidos del Juzgado Federal

Nº 2 de San Luis a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto el

09/07/20, contra la resolución de fecha 19/06/2020 que declara carente de interés

jurídico emitir pronunciamiento sobre la cuestión litigiosa planteada en autos por

haber devenido abstracta la misma, declarando extinguido el objeto de la acción y

ordenando el archivo de la causa.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, la presente causa tiene su origen con la demanda interpuesta por el

Sr. O.S. contra el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria con el objeto

de que se declare la nulidad de la Disposición N° 0030/15 –por la cual se dio de baja

como Jefe del Departamento Apoyo Administrativo de la Estación Experimental

Agropecuaria San Luis y se lo designó como Profesional de Gestión Externa

Investigador en el Grupo de Trabajo Producción Agrícola del Área de Investigación

de la Estación Experimental Agropecuaria San Luis, se restituya su situación laboral

anterior y se abonen las diferencias salariales dejadas de percibir, con más

actualizaciones correspondientes.

Durante la sustanciación de la causa, la parte demandada informa un cambio

de situación, mediante la Resolución emitida por el Presidente del Consejo Directivo

del INTA, exonerando al Sr. O.S. de su cargo y responsabilizándolo por un

perjuicio fiscal irrogado a I.N.T.A., estimado en la suma de $997.741,66, a la fecha

12/03/2019, intimándolo al pago de tal deuda (Nº RESOL2019 706APN

CD#INTA, de fecha 12/07/2019).

El juez de grado entendió que la medida sancionatoria impuesta impedía el

fin perseguido con la demanda y declaró extinguido el objeto de la acción, por haber

devenido abstracta la cuestión litigiosa planteada. Para así decidir, ponderó que la

exoneración, en el eventual supuesto de hacerse lugar a la pretensión de la actora,

imposibilitaba la restitución al cargo laboral que detentaba el accionante con

Fecha de firma: 29/12/2020

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.F.S., SECRETARIA DE CAMARA

anterioridad a la baja dispuesta como asimismo el pago de las diferencias salariales

dejadas de percibir.

2) Contra dicha resolución, interpone recurso de apelación la representante de

la parte actora. Expone, en primer lugar, que la sentencia en crisis es arbitraria,

incurre en fatales desconciertos y contradicciones y genera a su mandante un daño

grave e irreparable.

Explica que aun cuando se sostuviese que con el apartamiento laboral por la

exoneración impuesta al actor en el marco del sumario administrativo, la

reincorporación del actor al puesto de trabajo previo a su remoción, sería hoy de

materialización dificultosa, el a quo debió necesariamente pronunciarse sobre la

nulidad de ese acto administrativo y las consecuentes solicitudes del actor respecto a

la diferencia de haberes entre el cargo del que fue injustamente desplazado y el cargo

de investigación que le fue asignado, como también de la reparación de todo daño

patrimonial y moral sufrido por la injusticia que lo victimiza, todo ello mínimamente

desde el año 2015 hasta la fecha del apartamiento por exoneración, es decir por los

cuatro años anteriores a esta medida disciplinaria, dado que se trata de dos cuestiones

totalmente diferentes, en dos causas diversas, una judicial y la otra administrativa, en

las que se discute la legalidad de dos actos administrativos distintos.

Arguye que la falta de pronunciamiento del tribunal sobre expresos puntos de

reclamo impetrados en la demanda, sin expresar motivación alguna de las razones

que determinan su conclusión sobre el tema...

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