Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 29 de Noviembre de 2019, expediente COM 008394/2016/CA001

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 8394/2016 - SAROTTO, A.J. c/ ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO Juzgado n° 14 - Secretaria n° 27 Buenos Aires, 29 de noviembre de 2019.

Y VISTOS:

  1. La parte actora al expresar agravios, adjuntó un presupuesto (fs. 426) y documentos relativos al impuesto en concepto de patente (fs. 427/36). Corrido el traslado, la accionada se opuso a su agregación (fs. 447/52).

  2. La incorporación de las piezas anejadas resulta inadmisible.

    (i) El art. 260 del Cpr fija para el replanteo de prueba en la Alzada un plazo de cinco días, contado desde la notificación de la providencia que dispone poner el expediente en la oficina.

    El peticionante quedó notificado de lo proveído a fs. 425 con fecha 23 de septiembre de 2019 y los fundamentos se presentaron el 1 de octubre de 2019 a las 10:59; es decir, que el planteo fue introducido extemporáneamente por cuanto fue presentado fenecidas las dos primeras horas del sexto día.

    (ii) Por otro lado, cabe señalar que la agregación de prueba documental en segunda instancia, es de interpretación restrictiva, por cuanto importa una excepción al principio general establecido en el cpr. 333, resultando improcedente la agregación de documentos si no resulta verosímil que no se tuvo conocimiento de los Fecha de firma: 29/11/2019 Alta en sistema: 02/12/2019 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #28392169#249567411#20191202124610186 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B mismos o que no pudo proporcionarlos en tiempo oportuno (Cpr.

    260:3).

    Es que, no pueden suplirse en esta instancia los eventuales aportes que la parte pudo haber ofrecido y producido en el tiempo procesal pertinente, y no los realizó.

    De allí...

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