Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 4 de Septiembre de 2018, expediente CIV 096569/2013/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F Expte. 96569/2013. “SARE VAZQUEZ, L.A., c./

TRANSPORTES MOROSIN, Y OTRO, s./ DAÑOS Y PERJUICIOS” (J. 63).

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de septiembre de dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.F., para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente, resultó el siguiente orden de votación: ZANNONI – GALMARINI –

POSSE SAGUIER.

A la cuestión propuesta el DOCTOR ZANNONI, dijo:

  1. Demanda el actor el resarcimiento de los daños sufridos a raíz del accidente de tránsito del día 1ª de Agosto de 2012, aproximadamente a las 17:45. El señor S.V. circulaba a bordo de la motocicleta de su propiedad marca Honda por el carril derecho de la avenida P.M., avanzando a su izquierda un camión M.B., modelo 710, de propiedad y al servicio de Transportes Morosín SRL. En estas circunstancias y en razón de que un tercer rodado de gran porte –que precedía al vehículo de la emplazada guiado por el señor A.S.– se detuvo repentinamente, S. desvía su línea de marcha hacia la derecha para evitar el impacto y encierra al actor embistiéndolo y provocando su caída al asfalto, según el relato en la demanda. A raíz de la caída el damnificado sufrió lesiones y fue asistido en el Fecha de firma: 04/09/2018 Alta en sistema: 05/09/2018 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #16367009#215259630#20180904091812103 Hospital Durand, con diagnóstico de traumatismos varios en el cuello, brazo y pierna derechos, y fuerte golpe en el pecho.

    Para resarcir los daños personales y materiales derivados del accidente la sentencia dictada a fs. 342/351 condena a Transportes Morosín, de J.R.M. y M.A.M., a pagar al actor en el plazo de diez días la suma de $

    106.682, con más sus intereses que se calcularán de acuerdo con lo establecido en el considerando IV y las costas del proceso a cargo del demandado vencido (art. 68 CPCC). Dispone además que la condena será ejecutable contra “Nación Seguros S.A.” en virtud de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 118 de la ley 17418 (considerando quinto).

  2. De lo resuelto apeló la citada en garantía y expresó

    agravios a fs. 372/375, cuyo traslado no fue contestado. Como no existen agravios en lo relativo a la atribución de la responsabilidad que recae en la emplazada, me ocuparé de los vinculados con los capítulos resarcitorios.

    1. Incapacidad sobreviniente (daños físico y psíquico).

    Desde luego que el caso no está regido por la nueva ley pues la causa del resarcimiento el accidente se sitúa antes de su entrada en vigor. No obstante, es interesante discurrir en torno a la cuestión puesto que no sólo ahora, sino desde hace tiempo, se viene insistiendo en la aplicación de fórmulas que permitan arribar a indemnizaciones justas a partir de un lucro cesante cierto y probado como daño resarcible.

    Conviene tener presente que la estimación del daño mediante un capital cuyas rentas permitan atender o satisfacer la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas o económicamente valorables requeriría Fecha de firma: 04/09/2018 Alta en sistema: 05/09/2018 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI...

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