Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 21 de Septiembre de 2023, expediente CIV 074402/2021/CA001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

74402/2021

SANTUCHO, P.M. Y OTRO c/ JENESSE, EDUARDO LUIS s COBRO DE SUMAS DE DINERO

Buenos Aires, de septiembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO

  1. ) E.L.J. apeló la resolución del 22 de junio del 2023, que desestimó la excepción de litispendencia, con costas y difirió la excepción de falta de legitimación activa a la sentencia definitiva. Fundó el recurso.

  2. ) El tribunal de segunda instancia se encuentra facultado para pronunciarse sobre la admisibilidad de un recurso sin que lo obliguen, en sentido contrario, la decisión de primera instancia, la conformidad de las [1]

    partes ni las providencias de mero trámite .

    El art. 242 del Código Procesal establece la inapelabilidad de las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera sea su naturaleza,

    que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma allí determinada, que es actualizada periódicamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Desde esa perspectiva, dado que el monto reclamado en la demanda ($135.000) es inferior al mínimo previsto por la norma citada, se concluye en que el recurso es formalmente inadmisible.

    No impide arribar a esa conclusión el reclamo aludido en concepto por daño moral en tanto no fue cuantificado por el interesado.

  3. ) Por ello, el tribunal

    RESUELVE:

    Declarar inadmisible el recurso interpuesto contra la resolución apelada, con costas en el orden causado en virtud del modo en que se resuelve (arts. 68, segundo párrafo y 69

    del Código Procesal).

    Regístrese, notifíquese y, oportunamente, devuélvase al juzgado de origen.

    C.A.C.C.M.I.B.G.D.G.Z.F. de firma: 21/09/2023

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    [1]

    Cfr. M. De los Santos, “Procedimiento en segunda instancia” en Roland Arazi (dir.),

    Recursos ordinarios y extraordinarios en el régimen procesal de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires , Santa Fe, Ed. Rubinzal-Culzoni, 2005, p. 221.

    Fecha de firma: 21/09/2023

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

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