Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 20 de Abril de 2022, expediente CIV 035747/2020/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

35747/2020

SANTOS, G.R. c/ ALERCON SA s/DAÑOS Y

PERJUICIOS

Buenos Aires, abril de 2022.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución del 16 de julio de 2021, mediante la cual el Sr. Juez de grado rechazó la excepción de incompetencia opuesta tanto por la citada en garantía Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A.

    como por la demandada Alercon SA, se alza la segunda.

    El traslado del memorial de agravios fue contestado por la actora el 13 de octubre de 2021.

    A su turno, el Sr. Fiscal de Cámara, en su dictamen del 22 de marzo de 2022, propicia la admisión del planteo recursivo.

  2. De acuerdo a lo que resulta de los antecedentes de la causa, la parte actora inició la presente demanda contra Alercon S.A. con el objeto de obtener la indemnización de los daños y perjuicios que dice haber sufrido como consecuencia del incendio y destrucción total de una cama náutica de su propiedad,

    identificada como Unidad Funcional N° 874, Nivel N° 6,

    Polígono N° 5-122, ubicada en el depósito cubierto de la Nave 2 de la guardería DELTA MARINA, sita en la calle S.N.° 5951, de Villa La Ñata, Tigre, Pcia. de Bs. As. Asimismo, pidió la citación en garantía de Allianz Argentina Cía. de Seguros S.A. y de MAPFRE

    Argentina Seguros S.A.

    Asimismo, en el escrito de demanda la parte actora denunció la apertura del concurso preventivo de Fecha de firma: 20/04/2022

    Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

    la accionada e informó que ante el Juez del concurso ha "presentado todas las constancias para verificar mi crédito, sin perjuicio de las presentes acciones a las cuales tengo pleno derecho de ejercer. Destaco que presento alguna documental que contiene el sello de la sindicatura".

    En oportunidad de contestar el traslado de la acción instaurada, tanto la demandada Alercon S.A. como la citada en garantía Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A opusieron excepción de incompetencia en virtud de lo dispuesto por el art. 21 de la ley 24.522

    que prohíbe la deducción de nuevas acciones contra el concursado luego de la apertura del concurso preventivo y que tengan causa o título anterior a la fecha de presentación del concurso.

    El Sr. Juez de grado desestimó la excepción de incompetencia en el entendimiento que la mediación constituye la puesta en marcha del proceso y, en el caso, la audiencia de mediación (26/03/2019)...

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