Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 4 de Mayo de 2017, expediente CIV 025168/2008

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 25168/2008 SANTORO LILIANA ELENA c/ V.A.J. Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA Buenos Aires, de mayo de 2017.- FMC AUTOS Y VISTOS:

Por recibidos los autos “R.V.A.C. y otros c/Vázquez A.J. s/ejecución hipotecaria” (expte N°

32188/2003).

En atención a los fundamentos de la apelación de fs. 127, en primer lugar, corresponde señalar que esta Sala sostiene que los intereses sobre el capital integran la base regulatoria (conf. “K.B.R.L. c/Castelli Tennis Ranch SRL y otros s/preparación de la vía ejecutiva”, 27 octubre de 2011; “G., G. delP. y otros c/Línea 160 int 12 (Microómnibus Sur S.A.C.) y otros s/daños y perjuicios”, 7/8/2014), entre otros).

Se ha señalado al respecto que la admisión o rechazo del reclamo por intereses traduce un claro beneficio económico para el vencedor que, según el caso, los recibirá o se liberará de su pago merced a la actividad de quien le proporcionó asistencia letrada servicios (conf. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en pleno, “La Territorial Cía. de seguros c. S.”, 11/09/1997, LA LEY 1997-F). El profesional contribuye con su trabajo a que ingrese al patrimonio del cliente un bien económico determinado (el monto de los intereses del crédito), al igual que otros rubros. Consiguientemente, no se aprecia razón por la cual deba discriminarse entre uno y otros (del voto del Dr. R.L. en CSJN, “Serenar S.A. c. Provincia de Buenos Aires”, 24/05/2005, LA LEY 24/08/2005).

Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y extensión de los...

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