Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 3 de Junio de 2013, expediente 300.141/2003

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2013

Poder Judicial de la Nación CAMARA FED. DE APELAC. DE TUCUMAN

300141/2003. S.A.R. Y OTROS C/ CAJA

NAC. DE A. Y SEG. (EN LIQUIDACION) S/ COBRO CAPITAL BASE

SEGURO OBLIGATORIO. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMAN N° 1.

S.M. de Tucumán, 03 de Junio de 2013.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 156 por la parte actora y;

CONSIDERANDO:

  1. Que por sentencia de fecha 13 de abril de 2012 (fs.

    152/153), el señor J. a quo resolvió hacer lugar al incidente de caducidad de instancia deducido a fs. 147 por la demandada Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) y, en consecuencia,

    declarar perimida la instancia en la presente causa. Asimismo impuso las costas del incidente y del principal a la parte vencida.

    Disconforme con dicho pronunciamiento, la parte actora interpuso recurso de apelación a fs. 156, con la expresión de agravios corriente a fs. 161/163. Corrido el traslado pertinente, y no habiendo contestado la contraria, queda la causa en estado de ser resuelta por esta Alzada.

  2. Entrando a tratar la cuestión materia de recurso corresponde a este Tribunal pronunciarse acerca de la procedencia del planteo de caducidad interpuesto por la demandada en autos.

    1. En primer lugar, previo a pronunciarnos respecto a la cuestión procesal planteada y que constituye materia de agravios,

      debe tenerse en cuenta la naturaleza de la pretensión perseguida por la parte actora. Así, de las constancias de autos se desprende que los actores iniciaron la presente acción en contra de la Caja 1

      Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) con el objeto de obtener el cobro del capital básico obligatorio asegurado del seguro de vida obligatorio del personal del Estado.

    2. Aclarado ello, se estima necesario precisar los últimos actos procesales llevados a cabo en autos.

      Conforme surge de las constancias de autos, la parte actora solicitó que se libre oficio a la demandada a fin de que remita las pólizas de seguro de los actores, oficio que fue contestado el día 03/02/09 (fs. 142) y proveído por el juzgado en fecha 4/03/09 (fs.

      143).

      Que a fs. 145 obra escrito presentado por la parte actora en fecha 07/12/09 solicitando la apertura a prueba de la causa o la declaración de la cuestión de puro derecho. Seguidamente, en fecha 5/03/10, el apoderado del Estado Nacional realizó el desglose del traslado correspondiente al escrito citado, solicitando la caducidad de instancia en fecha 11/02/10.

      En oportunidad de plantear la caducidad, la parte demandada manifestó que desde la ultima actuación del juzgado en fecha 4/03/09 hasta la presentación de la parte actora en fecha 7/12/09

      transcurrió el plazo de 6 meses previsto por la ley procesal para la procedencia de la...

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