Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 23 de Junio de 2020, expediente CIV 060607/2018/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2020
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A

60607/2018

SANTILLAN, P.M. c/ VIDAL, ANGEL EDUARDO

s/FILIACION

Buenos Aires, de junio de 2020.- PM

AUTOS Y VISTOS:

A fin de entender en el recurso de apelación deducido contra los honorarios fijados a fs.42, corresponde habilitar la feria judicial en los términos del artículo 153 del ordenamiento adjetivo.

Ello así, teniendo en cuenta la labor desplegada por el profesional interviniente dentro de la primer etapa en que se dividen los juicios sobre filiación, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,3,12,16 y 19 de la ley arancelaria, corresponde confirmar los emolumentos del Dr. G.H.B..

  1. a la Dirección de Comunicación Publica de la C.S.J.N. en la...

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