Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 11 de Marzo de 2020, expediente CAF 015921/2011/CA002 - CA001

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

15921/2011 S.N.R. Y OTROS c/ EN-M§

DEFENSA-FAA-DTO 2769/03 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y

CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. 9

Buenos Aires, de de 2020.- HG

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez de primera instancia valoró que al momento de decretar el embargo de las sumas adeudadas en la presente causa había dejado constancia de que dicha medida no debía afectar cuentas destinadas al pago de jubilaciones y haberes (fs. 152) y en función de lo acreditado por la demandada a fs. 159/162, mandó levantar aquella medida (fs. 165).

  2. Disconforme con la decisión, la parte actora recurrió (conf. apelación de fs. 166, concedida en subsidio de la revocatoria desestimada a fs. 167, que no fue contestada).

    Dijo que la demandada no acreditó que el embargo afecte el pago de jubilaciones y haberes y puso de resalto que el crédito reconocido en estos autos reviste carácter alimentario.

    Añadió que la demandada tampoco ofreció una sustitución de la medida y pidió que se deje sin efecto el levantamiento ordenado.

  3. Que así planteada la cuestión, asiste razón al recurrente.

    Ello es así pues de Nota NO-2018-53073777-APN-

    DGAYF FAA, no surge que la medida trabada haya comprometido el “pago de jubilaciones y haberes”.

    A lo anterior se añade que al momento de solicitar el levantamiento de la medida, la demandada no realizó ofrecimiento alguno en pos de garantizar el crédito de los actores (art. 203 del código procesal),

    que cuenta con liquidación aprobada y firme desde el año 2014 (fs. 116).

    Por tanto, el tribunal

    RESUELVE:

    ...

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