SANTA FE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 420343 Jul. 17 Jul. 23)

Fecha23 Julio 2020
Número de registro420343
EmisorSANTA FE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: GUTIÉRREZ, JUAN DARÍO s/Quiebra; (CUIJ 21-26169042-7), por resolución de fecha 07 de Febrero de 2020, se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del Señor Gutiérrez, Juan Darío; DNI N° 29.073.317, CUIL N° 20-29073317-1, argentino, mayor de edad, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, con domicilio real en calle Antonio Alzugaray N° 1730 y procesal constituido en calle General López esq. Lavalle, ambos de la ciudad de San Javier. (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc.4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, 03/07/2020. Autos y vistos: estos caratulados Gutiérrez, Juan Darío s/Quiebra; CUIJ 21-26169042-7), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia Nº 20 de esta ciudad, de los que Resulta: Que a fs. 33 la Síndica, CPN María Dolores Barissi, solicita la reprogramación de las fechas fijadas en el proceso falencial. Que el vencimiento de los plazos establecidos en la Sentencia de declaración de quiebra dictada en autos, en fecha 07/02/2020 (fs. 20 a 23), ha comenzado a producirse, sin que haya existido la posibilidad de dar cumplimiento a lo ordenado. Ello, en virtud de la Feria Judicial Extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en...

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