SANTA FE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA POR JUAN MANUEL ORTIZ

Número de registro382113
Fecha28 Febrero 2019
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 36 en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Avellaneda. (Sta. Fe) se hace saber que en los autos caratulados: “ASOC. MUTUAL ROMANG FÚTBOL CLUB c/OTRO - CUIL N° 20-23751689-4- s/Ejecucion Prendaria” (Expte. N° 187 Año 2.016) se ha ordenado que el Martillero Público Nacional Juan Manuel Ortiz - Matrícula N° 1078 - CUIT N° 20-30156988-3, el día 14 de Marzo de 2.019 a las once horas (11:00 hs.) o el día hábil inmediato posterior, a la misma hora, si aquel resultare inhábil, en las puertas del Juzgado de Circuito de Avellaneda (Sta. Fe), sito en Calle 12 N° 680, venda en pública subasta y en el estado en que se encuentra una Camioneta Marca Chevrolet Tipo Pick-Up, Modelo S10 2.8 DLX T.I. Cabina Doble, Motor Marca M.W.M. N° 40704131098, Chasis Marca Chevrolet Nº 9BG138CC03C422771, Dominio EEL-273 - Año 2.003. El bien saldrá a la venta Sin Base y Al Mejor Postor. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo el 10% del precio de su compra en concepto de seña y a cuenta de la misma, con más el 10% en concepto de comisión de Ley del Martillero -comisión mínima 0,8 jus; como así también estarán a su cargo todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales que correspondieren en virtud del acto mismo de subasta, como así también aquellos relativos al bien a subastar devengados con posterioridad a la aprobación del remate. El comprador deberá constituir domicilio procesal en jurisdicción de este Tribunal de la Ciudad de Avellaneda, y efectivizar el saldo del precio dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe - sucursal Avellaneda- o transferencia electrónica (conforme Circula N° 79/11 del Nuevo Banco de Santa Fe) a nombre de éstos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C. y C. También se hace saber que el comprador tomará a su exclusivo cargo el retiro del bien del lugar en que se encuentra depositado, una vez que la Señora Jueza lo ordene. Informes: La Unidad Regional IX de Policía del Dpto. Gral. Obligado de Santa Fe (Sta. Fe), informa a fs. 54 de autos, la Sección Automotores informa que realizada la compulsa al dominio, motor y chasis en el sistema Provincial Cóndor IV arrojó resultados negativos sobre pedidos de secuestros y/o similar; y a fs. 55, se procedió a la verificación - peritaje, de...

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