SANTA FE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA POR JUAN MANUEL ORTIZ
Número de registro | 382113 |
Fecha | 28 Febrero 2019 |
Emisor | JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA |
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 36 en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Avellaneda. (Sta. Fe) se hace saber que en los autos caratulados: “ASOC. MUTUAL ROMANG FÚTBOL CLUB c/OTRO - CUIL N° 20-23751689-4- s/Ejecucion Prendaria” (Expte. N° 187 Año 2.016) se ha ordenado que el Martillero Público Nacional Juan Manuel Ortiz - Matrícula N° 1078 - CUIT N° 20-30156988-3, el día 14 de Marzo de 2.019 a las once horas (11:00 hs.) o el día hábil inmediato posterior, a la misma hora, si aquel resultare inhábil, en las puertas del Juzgado de Circuito de Avellaneda (Sta. Fe), sito en Calle 12 N° 680, venda en pública subasta y en el estado en que se encuentra una Camioneta Marca Chevrolet Tipo Pick-Up, Modelo S10 2.8 DLX T.I. Cabina Doble, Motor Marca M.W.M. N° 40704131098, Chasis Marca Chevrolet Nº 9BG138CC03C422771, Dominio EEL-273 - Año 2.003. El bien saldrá a la venta Sin Base y Al Mejor Postor. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo el 10% del precio de su compra en concepto de seña y a cuenta de la misma, con más el 10% en concepto de comisión de Ley del Martillero -comisión mínima 0,8 jus; como así también estarán a su cargo todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales que correspondieren en virtud del acto mismo de subasta, como así también aquellos relativos al bien a subastar devengados con posterioridad a la aprobación del remate. El comprador deberá constituir domicilio procesal en jurisdicción de este Tribunal de la Ciudad de Avellaneda, y efectivizar el saldo del precio dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe - sucursal Avellaneda- o transferencia electrónica (conforme Circula N° 79/11 del Nuevo Banco de Santa Fe) a nombre de éstos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C. y C. También se hace saber que el comprador tomará a su exclusivo cargo el retiro del bien del lugar en que se encuentra depositado, una vez que la Señora Jueza lo ordene. Informes: La Unidad Regional IX de Policía del Dpto. Gral. Obligado de Santa Fe (Sta. Fe), informa a fs. 54 de autos, la Sección Automotores informa que realizada la compulsa al dominio, motor y chasis en el sistema Provincial Cóndor IV arrojó resultados negativos sobre pedidos de secuestros y/o similar; y a fs. 55, se procedió a la verificación - peritaje, de...
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