Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Febrero de 2023, expediente CAF 045617/2018/CA001 - CA002
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I
45617/2018 SANDOVAL, D.A. c/ EN-M
DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE
LAS FFAA Y DE SEG Juzg. n° 5
Buenos Aires, 28 de febrero de 2023.- MP
AUTOS Y VISTOS:
La Dra. R.S.M. (por derecho propio) interpuso recurso de apelación “por bajos” y la representación procesal de la parte demandada interpuso recurso de apelación “por altos” contra los honorarios regulados en autos.
CONSIDERANDO:
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Que en función de la naturaleza del proceso, de su monto, de la única etapa procesal cumplida, del mérito, de la calidad y de la extensión de la labor profesional desarrollada a la luz del resultado obtenido, corresponde FIJAR en 4,22 UMA —equivalentes a la suma de $52.611, de conformidad con los valores establecidos en la acordada n° 3/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación—
los honorarios a favor de la Dra. R.S.M. por su actuación ejerciendo la dirección letrada y la representación procesal de la parte actora en primera instancia (arts. 16, 20, 21, 22, 29 y demás concordantes de la ley 27.423).
Asimismo, por la labor desarrollada en la etapa de ejecución de sentencia, cabe ESTABLECER en 2,73 UMA —equivalentes a la suma de $34.067, de conformidad con los valores establecidos en la acordada n° 3/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación—
los honorarios a favor de la Dra. R.S.M. por la tarea cumplida ejerciendo la dirección letrada y la representación procesal de la parte actora en primera instancia (art. 41 y demás concordantes de la ley 27.423).
Fecha de firma: 28/02/2023
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
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Que sobre pautas análogas, en lo pertinente, a las precedentemente enunciadas, corresponde ESTABLECER en 1,26
UMA —equivalente a la suma de $15.723, de conformidad con los valores establecidos en la acordada n° 3/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— los honorarios a favor de la Dra. Roxana S.
Moreno por la tarea desempeñada (presentaciones digitales del 23/10/19 y del 12/11/19) ante esta instancia (art. 30 y demás concordantes de la ley 27.423).
Regístrese y devuélvase al juzgado de primera instancia para que notifique esta decisión.
Se hace constar que la jueza L.M.H. no suscribe el presente pronunciamiento por hallarse en uso de licencia (art. 109 R.J.N.).
Fecha de firma: 28/02/2023
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE...
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