Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 5 de Diciembre de 2017, expediente CAF 058683/2015/CA001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Causa Nº 58683/2015/CA1 “SANCHEZ, SERGIO C/

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA S/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, de diciembre de 2017.- JMC VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 18/34 se presentó el Dr. C.F.L. en representación del Sr. S.S. -en los términos del artículo 48 del CPCCN- e interpuso recurso de apelación contra la resolución de fecha 29/12/2014, dictada por el Jefe (int.) de la Sección Recursos de la División Revisión y Recursos II de la Dirección Regional de Palermo de la AFIP – DGI, mediante la cual se determinó de oficio, con carácter parcial, la materia imponible con relación al Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2008, con más los intereses resarcitorios correspondientes y se le aplicó una multa en los términos del artículo 45 de la Ley Nº 11.683.

  2. Que a fojas 40, y atento el formulario F 3 acompañado a fojas 37 por el Sr. L., se intimó a dicho letrado en los términos del artículo 15 del Reglamento de Procedimientos del Tribunal Fiscal de la Nación (RPTFN) a fin de que dentro del quinto día de notificado acreditara debidamente la personería invocada, bajo apercibimiento de ley.

  3. Que habiendo transcurrido el plazo dispuesto en el artículo 48 del CPCCN, como así también el de la intimación dispuesta a fojas 40, sin que se diera cumplimiento a lo allí dispuesto, la S. “D” del Tribunal Fiscal de la Nación resolvió declarar la nulidad de todo lo actuado en autos por el Sr. C.F.L. -en los términos del artículo 48 del CPCCN-, con costas a su cargo (v. fs. 44).

    Para así decidir sostuvo que “habiéndose interpuesto el recurso de apelación el 24 de febrero de 2015 (ver cargo de Mesa de Entradas de fs. 35), el plazo otorgado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (de aplicación supletoria para el procedimiento Fecha de firma: 05/12/2017 Alta en sistema: 07/12/2017 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #27630641#194869389#20171205095205426 ante [ese] Tribunal) para que los presentantes acreditaran la personería que invocaran o se ratificara su gestión, quedó agotado dentro de las dos primeras horas de[l] 29 de abril de 2015. Que asimismo, en cuanto a la intimación cursada a fs. 40, la misma fue fehacientemente notificada el día 07 de abril de 2015 (Vide constancia de fs. 41/vta.), sin que, ni aún vencido ampliamente el plazo otorgado, se diera cumplimiento con lo allí

    dispuesto”.

  4. Que contra dicha decisión a fojas 50/51, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR