Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 26 de Abril de 2022, expediente FTU 001033/2008/CA001 - CA002
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN
1033/2008 S.R.T. c/ TELEARTE S.A. CANAL
9 Y OTROS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
S.M. de Tucumán,
Y VISTOS: el recurso de apelación interpuesto en fecha 24/11/2021 por la Dra. M.C.Z. en representación de Telearte S.A. y el pedido de fecha 20/12/21
realizado por la Dra. V.C.D., y CONSIDERANDO:
-
Que mediante resolución de fecha 19 de Noviembre de 2021 (fojas 695/697) el señor Juez Federal de Tucumán Subrogante doctor F.L.P. resolvió: “I)-FIJAR como base regulatoria la suma de pesos dos millones ($2.000.000) al 25/08/2021, atento lo considerado. II)-REGULAR los honorarios,
en la escala ganadora, a la letrada V.C.D., por la parte actora, en el doble carácter, por su actuación en las tres etapas del proceso principal en la suma de pesos cuatrocientos veinte mil ($420.000) al 25/08/2021, atento lo considerado. III)-REGULAR
los honorarios, en la escala perdedora a la letrada V.C.D., por la parte actora, por las incidencias de incompetencia en la suma de pesos ocho mil cuatrocientos ($8.400) y por la excepción de falta de legitimación para obrar en la suma de pesos ocho mil cuatrocientos ($8.400) al 25/08/2021. IV)-REGULAR los honorarios, en la escala ganadora a la letrada L.S.C., como apoderada de la demandada, TELEARTE S.A.,
Fecha de firma: 26/04/2022
Alta en sistema: 28/04/2022
Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA 1
Firmado por: I.S., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA
por su actuación en la incidencia de incompetencia en la suma de pesos cinco mil cuarenta ($5.040) al 25/08/2021. V)-REGULAR
los honorarios, en la escala ganadora, a los letrados R.L.R. y J.C.V., en conjunto, como patrocinantes de la parte demandada, TELEARTE S.A. en la incidencia de incompetencia en la suma de pesos doce mil seiscientos ($12.600)
al 25/08/2021. VI)-REGULAR los honorarios en la escala perdedora, al letrado R.L.R., por su actuación como patrocinante en las tres etapas del proceso principal en la suma de pesos ciento cuarenta mil ($140.000) al 25/08/2021. Y en la escala ganadora en el mismo carácter por la excepción de falta de legitimación para obrar en la suma de pesos catorce mil ($14.000)
al 25/08/2021. VII)-REGULAR los honorarios, en la escala perdedora, al letrado J.C.V., en el carácter de apoderado, por su actuación en dos etapas del proceso principal (contestación de demanda y prueba) en la suma de pesos treinta y siete...
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