Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Diciembre de 2006, expediente L 90748

Presidentede Lázzari-Roncoroni-Pettigiani-Kogan-Genoud-Hitters-Soria
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2006
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 20 de diciembre de 2006, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde L., R., P., K., G., Hitters, S.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 90.748, "S., G.M. contra Disco S.A. y otros. Accidente de trabajo, daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 1 de L. decretó la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22, 46 y 49 disposición adicional 3º de la ley 24.557 y rechazó el planteo sobre la validez constitucional del art. 39 de la misma ley.

La codemandada "Berkley International A.R.T. S.A." interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

  1. El tribunal del trabajo decretó la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22, 46 y 49 disposición adicional 3º de la ley 24.557 y rechazó la invalidez constitucional del art. 39 del mismo cuerpo normativo, en las presentes actuaciones, promovidas por M.G.S. contra "Disco S.A.", "Establecimientos Psomi S.A." y "Berkley International A.R.T. S.A." por las que persigue, con fundamento en la ley civil y en el art. 14 de la ley 24.557, el cobro de indemnización por la incapacidad generada por el accidente de trabajo que denuncia como acaecido el 2 de diciembre de 2001.

  2. Contra la decisión de grado la codemandada "Berkley International A.R.T. S.A." interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

  3. El recurso es improcedente.

  1. Entiendo que la decisión del sentenciante de grado vinculada a la declaración de inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557 debe permanecer firme por ajustarse a la doctrina de este Tribunal (conf. causa L. 75.708, "Q., sent. del 23-IV-2003; confirmada recientemente por la C.S.J.N. con fecha 15-II-2005), reiterada en numerosos casos posteriores (causas L. 82.688 "Fedczuk", sent. del 14-IV-2004; L. 82.782 "G., sent. del 30-VI-2004, entre otras).

    Asimismo tal criterio ha sido convalidado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso "Castillo, A.S. c/ Cerámica Alberdi S.A.", sent. del...

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