Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 6 de Marzo de 2017, expediente CNT 028907/2012/CA001

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2017
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA N° 102.046 CAUSA N° 28907/2012 SALA IV “SANCHEZ CRISTIAN SEBASTIAN C/

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

(EX MAPFRE) S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” JUZGADO N° 60.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 06 de marzo de 2017, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

El doctor H.C.G. dijo:

I) A fs. 258/260 el actor apela la sentencia de primera instancia de fs. 255/257 vta. que hizo lugar a la demanda por accidente de trabajo fundada en la ley 24.557. Asimismo, a fs. 261 la perito contadora cuestiona sus honorarios por bajos.

II) El actor se queja porque el fallo no aplicó en forma retroactiva las disposiciones de la ley 26.773. Anticipo que, a mi juicio, no le asiste razón.

Ello es así, pues el art. 17 inc. 5) de la ley 26.773 establece que las disposiciones “…atinentes a las prestaciones en dinero y en especie de esta ley entrarán en vigencia…” a partir de su publicación en el Boletín Oficial (esto es, el 26 de octubre de 2012) y se aplicarán “…a las contingencias previstas en la ley 24.557 y sus modificatorias, cuya primera manifestación invalidante se produzca a partir de esa fecha…”.

En cambio, el accidente de autos ocurrió el 5 de mayo de 2011, es decir, con anterioridad a la mencionada fecha de entrada en vigencia de la reforma, por lo que, como lo ha sostenido esta S. en casos similares al presente, las nuevas disposiciones resultan inaplicables al sub lite (S.D. 97.674 del 28/2/14, “Ramos, P.M. c/ Provincia ART S.A. s/ accidente – ley especial”, S.D. 97.973 del 30/5/14, “A.J.L. c/ Horizonte Cía. Argentina de Seguros Generales SA s/ accidente – ley especial”, y S.D. 07.992 del 30/5/14, “Santarossa Fecha de firma: 06/03/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #20424375#173102239#20170306083259955 Poder Judicial de la Nación Julio César c/ Consolidar ART SA s/ accidente – ley especial”; en igual sentido: CNAT, Sala X, 30/08/13, S.D. 21.423, “A., C.M. c/ Mapfre Argentina ART SA s/ accidente – ley especial”).

Como lo ha establecido esta Cámara en los fallos plenarios nro.

225 y...

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