Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 28 de Septiembre de 2017, expediente CAF 035404/2010/CA002
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 35404/2010 SAN RAMON SA (TF 30014-I)-BLSG c/ DGI s/
Buenos Aires, 28 de septiembre de 2017.
Y VISTO:
Estos autos caratulados “San Ramón SA (TF 30014I) – BLSG c/
DGI y otro s/ honorarios”; y CONSIDERANDO:
-
) Que, a fs. 251/251vta., el Tribunal Fiscal de la Nación: a)
denegó el beneficio de litigar sin gastos solicitado, con costas; y b) intimó a la
actora a pagar $35.887,31 en concepto de tasa de actuación en el plazo de cinco
(5) días.
Para así resolver, indicó que, de acuerdo con la pericial contable,
la actora: (i) no cuenta con fondos líquidos suficientes para abonar monto alguno
atento a la exigüidad de los ingresos que surgen de los comprobantes
analizados por el experto; y (ii) no se encuentra en condiciones de obtener un
crédito financiero bancario que le permita pagar la tasa de actuación reclamada.
Sin embargo, entendió que la prueba pericial contable propuesta
resulta insuficiente a efectos de acreditar las circunstancias que hacen
procedente la concesión del beneficio solicitado. En ese mismo orden de ideas,
aseveró que el instituto en cuestión es procedente ante la existencia de una
incapacidad económica severa, extremo que no se configuraba en los presentes
actuados.
Puntualizó que no se habían arrimado probanzas suficientes
tendientes a acreditar que la actora se encontraba imposibilitada de obtener los
recursos necesarios para afrontar el pago de la tasa de actuación.
Puso de relieve que la prueba informativa ofrecida no demostró la
situación de extrema pobreza alegada por la actora y sostuvo que no se habían
aportado elementos probatorios suficientes para evaluar su situación económica
financiera y por, ende, acreditar la total carencia de recursos o la imposibilidad
de obtenerlos.
-
) Que, contra dicha decisión, la actora interpuso recurso de
apelación (fs. 257 y 260/260vta.), cuyo traslado fue contestado a fs. 268/270.
Fecha de firma: 28/09/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #10636805#189673528#20170928110438407 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 35404/2010 SAN RAMON SA (TF 30014-I)-BLSG c/ DGI s/
Manifestó que tanto C. como S.A.
se encuentran totalmente depreciadas económica y financieramente. La referida
situación, según el criterio de la recurrente, fue generada a partir de la arbitraria
ejecución que llevó a cabo el Fisco Nacional con relación a los impuestos que
ambas sociedades habían procedido a diferir en otras empresas beneficiarias.
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