Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 2 de Septiembre de 2015, expediente CSS 009954/2007/CA001

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº9954/2007 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos SAN CRISTOBAL CARMEN c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

Las presentes actuaciones llegan a esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el “a quo” rechazando la demanda interpuesta.

Critica lo decidido por considerar que el rubro establecido en el decreto 1993/04 corresponde aplicarlo tanto al personal activo como al retirado, prevaleciendo así el equilibrio que debe existir entre ambos conforme lo dispuesto en la ley 19.101. Por último apela lo dispuesto en materia de costas.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación remite a la postura sentada en torno al tema en el precedente “AYALA ISIDRO ANTONIO Y OTROS C/ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFENSA) C/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” Sentencia del 12 de agosto de 2014, motivo por el cual en atención a lo ordenado, corresponde aplicar al presente caso la doctrina del fallo citado.

Allí se estableció que las asignaciones de los decretos 682/04, 1993/04 y 92/06 revisten tenor salarial desde que fueron estipuladas en vigencia de la ley 19.101 y su percepción por la generalidad del personal militar en servicio activo con remuneraciones brutas inferiores a pesos un mil doscientos cincuenta ($ 1.250). Motivo por el cual corresponde dilucidar en cada caso si por la retribución del interesado procede su reclamo, sin perjuicio de la relación de proporcionalidad establecida por la ley de fondo.

En la misma fecha el Más Alto Tribunal en la causa “D.M.A. Y OTROS C/CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA”

determinó que el tenor general de un rubro no debe ser entendido, sin más, como la admisión de que reviste los caracteres de remunerativos y bonificables, sino que se encuentra restringido por la forma en que se liquidan tales conceptos al personal en actividad y una decisión que excediera dicho límite traería aparejada la ruptura de la regla de proporcionalidad establecida por la ley 21.965 (fallos “ORTIZ MARCELINO Y OTROS”, “ O.J.C. NACIONAL”). En consecuencia, se expresó que incumbiría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR