Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 5 de Abril de 2018, expediente FCB 011200055/2009/CA001

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 11200055/2009 AUTOS : SALVAY, M.F. c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD doba, de de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “SALVAY, M.F. c/ ANSES -

REAJUSTES POR MOVILIDAD” (Expte. N° 11200055/2009/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra de la Sentencia de fecha 08 de agosto de 2014 dictada por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, en la que decidió declarar la existencia de cosa juzgada en cuanto al pedido de aplicación del caso “S., M. delC. c/ Anses” y en consecuencia, rechazó su aplicación. Respecto a la movilidad posterior admitió su procedencia ordenando la aplicación del precedente “B.”. En su mérito, dispuso revocar la resolución emitida por la Anses y ordenó se practique la liquidación pertinente de conformidad a las pautas estipuladas. Asimismo, a la tasa de interés aplicable a las diferencias resultantes agregó el 1% mensual a partir de Enero de 2008 hasta su efectivo pago. Las costas fueron impuestas en el orden causado.

Y CONSIDERANDO:

  1. En contra de lo resuelto por el Juez de primera instancia, la parte actora funda el recurso de apelación solicitando se revoque el decisorio apelado, disponiéndose el recálculo del haber inicial y la movilidad hasta marzo de 1995 conforme lo dispuesto en el precedente “S., M. delC.”. Cita diversa jurisprudencia. (fs. 69/74vta.).

    Corrido el traslado de ley, la parte demandada no contestó agravios (fs. 76) quedando la causa en condiciones de ser resuelta.

  2. Previo a todo y a los fines de una mejor comprensión de la causa, en lo que aquí

    importa, corresponde efectuar una breve reseña de lo acontecido en estos obrados. Así, el actor inició reclamo por reajuste de haberes, el que fue desestimado por la demandada, resolución que motivó el inicio de actuaciones ante el Juzgado Federal nº 3 en el que obtuvo sentencia favorable en la que se aplicó los precedentes “Chocobar” y “H.R.”, y que se encuentra firme y consentida, conforme lo señala el Iudicante en la resolución bajo estudio.

    Fecha de firma: 05/04/2018 Firmado por: M.E.R., Secretaria Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA #16545785#201616648#20180320112029249 El actor en su escrito inicial (fs. 2/9vta.), señaló que si bien oportunamente obtuvo sentencia de reajuste de haber previsional...

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