Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 24 de Mayo de 2022, expediente CAF 036702/2018/CA001 - CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA I

36702/2018 SALVADOR, M.G. c/ EN - M

SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG Juzg. 12

Buenos Aires, 24 de mayo de 2022.- MAL/JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la jueza ordenó librar nuevo oficio a la Policía Federal Argentina (PFA) para que en el término de veinte días practique la liquidación ordenada en autos “bajo apercibimiento de comunicar al superior de la citada oficina el incumplimiento”

    (pronunciamiento del 28 de diciembre de 2021).

  2. Que la parte demandada dedujo recurso de apelación subsidiariamente al de revocatoria que fue desestimado (v. recurso del 28 de diciembre de 2021).

    En su memorial, que no fue replicado, dijo que:

    i. “Procedió a realizar la gestión administrativa pertinente,

    a fin de que el mencionado organismo practique en el más breve plazo la liquidación de la actora y la acompañe digitalmente a la causa mediante Deox”.

    ii. La decisión es arbitraria por cuanto “no hay reticencia alguna que vencer”.

    iii. El cúmulo de tareas y la situación excepcional de público conocimiento “virus SARS-CoV-2” afectó el normal desarrollo de las actividades del organismo liquidador.

    Fecha de firma: 24/05/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

  3. Que, esta sala ha dicho que la crítica concreta y razonada de la decisión apelada exigida por el artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación no se sustituye con una mera discrepancia del criterio objetado, sino que implica el estudio de los razonamientos contenidos en aquélla, demostrando a la cámara las equivocadas deducciones, inducciones o conjeturas sobre las cuestiones resueltas (causa “G.J.A. c/ EN – Mº Justicia – PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”,

    pronunciamiento del 1º de febrero de 2012).

    Aun con el amplio criterio que pregona esta sala (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp. 7964 y otra”, “Ferla” y “G., pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013,

    respectivamente, entre otras), el memorial no cumple con dicha exigencia.

    En efecto, las discrepancias exhibidas no se hacen cargo de las concretas circunstancias que surgen de la compulsa de la causa y que, claro está, sustentaron la decisión que se pretende impugnar (ver...

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