Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Diciembre de 1998, expediente A C72703

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-Salas-Pisano
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1998
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 72.703 "Salmena de I., L.N.S. ab in-testato. Recurso de queja".

//Plata, 22 de diciembre de 1998.

AUTOS Y VISTO:

Que es doctrina reiterada de esta Suprema Corte que, en principio, las decisiones relativas a medidas cautelares no tienen carácter de definitivas en el concepto del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial ("Acuerdos y Sentencias", 1957-VI-444; 1959-II-1161; conf. causas Ac. 40.881, 21-II-89; Ac. 48.308, 6-VIII-91; Ac. 50.921, 14-VII-92; Ac. 51.327, 22-IX-92; Ac. 62.650, 26-III-96, entre otras) no observándose en el caso, en que se desestima el pedido de embargo fundado en el incumplimiento de los herederos en la realización de inventario previsto en el art. 751 inc. 3º del Código Procesal citado y en la inoponibilidad de un acuerdo particionario a los acreedores de la sucesión, motivos suficientes que permitan apartarse de dicha regla.

Que la competencia de esta Corte para dictar sus sentencias definitivas no queda habilitada ante cualquier reclamo que las partes deseen someterle sino que previamente es necesario que la misma adquiera virtualidad conforme al ordenamiento jurídico vigente, de modo que resultaría contrario a la Constitución y...

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