Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III, 17 de Julio de 2019, expediente CNT 021976/2012/CA001

Fecha de Resolución17 de Julio de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III

Poder Judicial de la Nación AUTOS: “SALINAS MARIANO ALEJANDRO C/ DEIFOS EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES S.A. Y OTRO S/ DESPIDO” – JUZGADO Nº 35.

(EXPTE. Nº 21.976/2012)

En la ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de julio de 2019, siendo las 12.30 horas a la audiencia señalada para el día de la fecha comparecen. - - - - - - - - - - - - - - -

POR LA PARTE ACTORA: el actor personalmente M.A.S. (DNI 27.208.529), asistido por su letrada apoderada, D.. S.A.C. ya presentada en autos y ratificando el domicilio constituido. - - - -- - - - - - - - - - - - - - -

POR LA CO-DEMANDADA “A.G. S.A.”: lo hace su letrada apoderada D.. D.L.G. ya presentada en autos, quien ratifica el domicilio constituido. - - - -

POR LA DEMANDADA “DEIFOS EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES S.A.” nadie comparece. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ABIERTO EL ACTO POR LOS SEÑORES CAMARISTAS e invitadas las partes a una solución conciliatoria, manifiestan que la misma es posible. La parte actora reajusta el monto de la demanda en la suma total y única de $ 125.000 (PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL), imputable al rubro indemnización, desistiendo de la acción y del derecho de los demás conceptos reclamados en la presente demanda. La codemandada presta conformidad y declara que, sin reconocer hecho ni derecho alguno y al solo fin conciliatorio, se aviene al pago del importe pretendido en cuatro cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 31.250 (pesos treinta y un mil doscientos cincuenta) cada una de ellas mediante depósitos judiciales los días 13/8/2019, 13/9/2019, 15/10/2019 y 13/11/2019 respectivamente. La parte actora acepta la forma y fechas de pago y manifiesta que, una vez percibido el importe total del acuerdo, nada más tendrá que reclamar de la demandada, emergente del reclamo de autos. Las partes acuerdan que las costas serán a cargo de la co-demandada quien, a tal efecto, reconoce en concepto de...

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