Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 25 de Noviembre de 2010, expediente 44.499

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2010

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del Bicentenario CN° 44.499 “S., J.A. s/

procesamiento”

Juzgado N° 10 - Secretaría N° 19

Reg. N°: 1197

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2010.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. G.O.T., contra la resolución de fojas 1/5 del presente incidente, por medio de la cual se decretó el procesamiento de J.A.S. en orden al delito que fue calificado a la luz del artículo 296 del CP en función del artículo 292,

    segundo párrafo, del Código Penal.

  2. La defensa formuló su agravio en base a que no se puede dar por configurado el delito que se investiga, ya que no se cuenta con el cuerpo del delito -el documento cuestionado-. Sostuvo que tal situación es violatoria de la garantía de defensa en juicio porque impide controlar el elemento cargoso que se le atribuye. Asimismo, expresó que el a quo recae en una contradicción al dictar el procesamiento de su asistido sin poder determinar si el documento fue adulterado en una parte o en su totalidad.

  3. La causa tiene su inicio a partir de la extracción de testimonios de la causa N° 42932/07, que fue ordenada por la Dra Alicia Mercedes Iermini, Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 48, en virtud de que este fuero debía continuar con la pesquisa,

    respecto de la autenticidad de la documentación secuestrada y la procedencia del automóvil marca Alfa Romeo.

    En dicho Juzgado se investigó el robo que sufrieron los empleados de la firma Villa & Moreno SA el día 23 de agosto de 2007. En esa oportunidad se detuvo como uno de los posibles autores de ese delito a J.A.S.. Esta persona al momento de solicitarle que se identifique lo hizo con el nombre de F.A.F..

    Asimismo, entre otros objetos, se secuestró de un bolsillo de su campera: un registro de conducir y un Documento Nacional de Identidad N°

    20.418.780, ambos a nombre de F.A.F., -este último tenía su fotografía- y además, un juego de llaves de un rodado con el logo de Alfa Romeo. Después de esa requisa se procedió también al secuestro del automóvil marca Alfa Romeo modelo 145, dominio BMT 094, que estaba estacionado frente al lugar.

    Luego de la instrucción que llevó adelante el juez, se advirtió

    que el imputado podría haber utilizado dicho documento adulterado, el día 15 de mayo de 2007, para adquirir el mencionado automóvil.

    En cuanto al delito que quedó radicado en Instrucción, fue condenado...

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