Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 10 de Mayo de 2017, expediente CNT 065695/2013/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII Causa N°: 65695/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50791 CAUSA Nro.65.695/2013 - SALA VII - JUZGADO Nº 80 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de mayo de 2017, para dictar sentencia en estos autos: “SALERNO SEBASTIAN LUIS. C/ PDV MERCHADISING S.A. Y OTRO S/OTROS RECLAMOS – INDEM. ART.132 BIS LCT”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor a iniciar demanda contra PDV Merchandising S.A. y contra Procter & Gamble SRL con el fin de perseguir las indemnizaciones y rubros salariales a los que se considera acreedor.

    Relata haber ingresado a trabajar en relación de dependencia para Necus SRL y luego PDV Merchandising S.A., siempre en beneficio de Procter & Gamble SRL realizando las tareas que fueron puntualmente detalladas.

    Afirma que le fueron cambiando las funciones por otras de superior calificación y responsabilidad, sin que le mejoraran su categoría ni su salario, a lo que agrega que existían personas dentro de la empresa P&G que por igual tarea percibían mayores salarios.

    Sostiene que los días que indica se presentó a trabajar y le negaron el ingreso, por lo que procedió a intimar a que se aclarara su situación laboral de acuerdo a la realidad de los hechos, solicitando la correcta categorización y el pago de diferencias salariales.

    Transcribe el intercambio telegráfico habido con las demandadas, sostiene la responsabilidad de cada una de ellas en los términos del art. 29 y 30 LCT, realiza liquidación y pide, en definitiva, el progreso de la acción.

    A fs. 43/48 se presenta la co demandada PDV Merchandising S.A. quien, tras realizar la negativa de rigor, da su versión de los hechos y explica que el actor fue exclusivo dependiente de su parte. Que es una empresa dedicada a brindar servicios de merchandising y que por ello, es contratada por múltiples empresas para las cuales presta tal actividad, entre las que se encuentra la co demandada Procter & Gamble Argentina SRL .

    Afirma que el actor fue contratado para supervisar el trabajo el servicio que le brindaban a P&G de reponer sus productos en los puntos de venta conforme las pautas establecidas en un estudio previamente realizado.

    Concluye que no existe la solidaridad pretendida por el actor, impugna la liquidación practicada en el inicio y pide, en consecuencia, el rechazo del reclamo de autos.

    Fecha de firma: 10/05/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #19820478#177701826#20170510101639072 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VII Causa N°: 65695/2013 A su turno, fs.57/69, contesta demanda Procter & Gamble Argentina SRL y, como primera medida, realiza la negativa pormenorizada de los hechos denunciados en el inicio, dando su versión de los mismos.

    Desconoce la relación de denunciada por el actor y reconoce la relación comercial con la co demandada PDV Merchandising S.A. a quien afirma haber contratado con el fin de que realizara los servicios de promoción, colocación de material promocional y relevamiento de productos de su firma en Kioscos, farmacias, perfumerías y autoservicios.

    Sostiene la inexistencia de la solidaridad planteada por el accionante, impugna cada uno de los rubros reclamados en el inicio, ofrece prueba y pide el rechazo de la acción.

    A fs. 614/622 luce la sentencia de primera instancia por la cual, la Sra.

    Jueza “a quo”, tras efectuar el análisis de las constancias de la causa, hizo lugar a las principales pretensiones de la demanda, lo que motivó el recurso de apelación de ambas co demandadas y de la parte actora a tenor de los memoriales obrantes a fs. 624/633 (P&G Argentina SRL); fs. 636/637 (parte actora) y fs. 638/640 (PDV Merchandising S.A.).

    El Sr. P. contador (fs.623) apela los honorarios que le fueron regulados, por considerarlos bajos.

  2. En virtud de la índole de los agravios deducidos por los recurrentes, los abordaré en el orden que sigue, teniendo en cuenta la incidencia que cada uno de ellos representa en la solución del pleito.

    En consecuencia, comenzaré con los agravios deducidos por ambas co demandadas quienes se quejan por lo resuelto en cuanto al fondo del asunto, es decir, en lo atinente a la decisión de la sentenciante de haber considerado que, en el caso, el actor prestaba tareas bajo la dirección y supervisión de P&G al entender que PDV Merchandising S.A. resultó ser una empresa intermediaria que lo registró en forma fraudulenta.

    Sin embargo, en virtud del análisis de las constancias de la causa, adelanto que las quejas intentadas no podrán prosperar pues comparto el criterio asumido por la Sra. Jueza “a quo” de haber considerado que, efectivamente el actor resultó

    ser el empleado de P&G.

    En efecto, la co demandada P&G arguye en su recurso que no existen elementos en el expediente de los cuales pueda concluirse que el actor haya sido contratado para cumplir con funciones permanentes para su parte ni tampoco que le hayan sido impartidas directivas por parte de...

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