Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 17 de Octubre de 2017, expediente CSS 001880/2007/CA001

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nª 1880/2007 Sentencia Definitiva En la ciudad de Buenos Aires, reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: S.S. FLORENTINO c/ CNA A.R.T. S.A. Y OTRO s/LEY 24557; se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO:

Las actuaciones llegan a conocimiento de esta S. en virtud del recurso deducido por ART de conformidad a lo dispuesto por el art. 46 inc. 1 de la ley 24.557.

El dictamen de la Comisión Médica Central determinó que el Sr. S. presenta incapacidad del 1, 72% laboral lo que corresponde a una enfermedad profesional.

La ART se agravia por considerar que el organismo médico mencionado sobrevaloro las patologías que le aquejan al actor.

Conforme surge a fs. 79 de autos, el Tribunal dispuso como medida para mejor proveer la remisión de las actuaciones al Juzgado Federal de San Miguel de Tucumán, pcia.

de Tucumán para que, por intermedio de la actuación de profesionales médicos de reconocida solvencia técnica en la especialidad determine la naturaleza laboral y grado de incapacidad existente.

Los profesionales consultados señalan que el actor padece de hipoacusia neurosensorial bilateral inducida por ruido de origen laboral, que lo incapacitan en forma parcial, permanente y definitiva del 1, 72 t.o.

El dictamen comentado, que no mereció objeción alguna por las partes, reúne a mi juicio, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, está fundado, determina con certeza el estado de salud del recurrente, valora las cons-

tancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (CPCCN, 477).

En consecuencia, voto por: 1) Confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central; 2) Imponer las costas en el orden causado en atención a que el actor pudo...

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