Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 11 de Abril de 2023, expediente CAF 060377/2022/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

60377/2022 SALADINO, M.G. c/ EN – PJN - EXPTE

2/16 s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, de abril de 2023.

VISTO

El recurso de apelación deducido por el actor contra la resolución que desestimó la suspensión precautoria de un procedimiento sumarial en trámite ante el Cuerpo de Auditores Judiciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el juez de grado fundó su pronunciamiento en la ausencia de verosimilitud del derecho, ya que sostuvo que las cuestiones planteadas revestían una complejidad fáctica y jurídica que exigía un estudio más profundo y una mayor amplitud de debate y prueba. Tampoco consideró

    acreditada la existencia de un perjuicio que no fuera susceptible de reparación ante una eventual sentencia favorable, aun en caso de que se aplicase una sanción disciplinaria.

  2. ) Que el recurrente cuestionó la apreciación de los hechos que llevaron al a quo a concluir en la ausencia de peligro en la demora, pues omitió considerar que mientras tramitaba este proceso podía concluir el sumario y dictarse una sanción disciplinaria, incluso expulsiva, respecto de su condición de Prosecretario Administrativo de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes por su actuación como auditor de la Obra Social,

    en virtud de un contrato que había sido concluido por su propia voluntad hace tiempo. También aludió a otros aspectos vinculados con la verosimilitud del derecho.

    Al contestar el traslado del memorial, la parte demandada reivindicó

    que el sumario se estaba sustanciando con apego al debido proceso y en estricto cumplimiento del marco legal previsto en la normativa que regía la materia, en tanto negó la configuración el peligro en la demora en la sustanciación del sumario.

  3. ) Que los agravios no logran desvirtuar la conclusión del juez de grado en torno a la falta de configuración de un perjuicio grave de imposible reparación ulterior (art. 13, inc. 1º, ap. a, de la ley 26.854), en Fecha de firma: 11/04/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

    la medida en que resultan inoponibles las molestias propias del ejercicio del derecho de defensa en el desarrollo de un procedimiento sumarial. Por su parte, el daño que ocasionaría la eventual aplicación de una sanción disciplinaria mediante un acto hipotéticamente inválido resulta meramente conjetural, en tanto los intereses que se alegan pueden ser resguardados en el ámbito procesal en que se impugne judicialmente aquella decisión. Sobre esta base, el Tribunal ha denegado medidas cautelares tendientes a suspender el inicio de sumarios administrativos (esta Sala, Causa nº

    73160/2016/CA1 “L.S., O. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ proceso de conocimiento”, resol. del 27 de febrero de 2018; y sus citas).

  4. ) Que, si bien lo expuesto es suficiente para desestimar la apelación, toda vez que la...

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