Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 28 de Octubre de 2016, expediente CNT 024766/2012
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2016 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VIII Expediente Nº CNT 24766/2012/CA1 JUZGADO Nº 60 AUTOS: “S.L.E. c/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. s/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 del mes de octubre de 2016.-
VISTO:
La presentación del actor a fs.173; Y CONSIDERANDO:
Que el actor se notificó del dictado de la sentencia definitiva –
que hizo lugar a la demanda- el 23/05/2016 (cfr. cédula a fs. 162) y el 30/05/2016 a las 7:39 horas interpuso recurso de apelación (cfr. fs. 149/156, y art. 116, primer párrafo, de la L.O.).
Que dicho recurso, interpuesto dentro del plazo legal, fue concedido el 27/06/2016 y de los agravios se corrió traslado a la contraria por el término de tres días (cfr. fs. 164 y art. 119 de la L.O. ).
Que, en su relación, el 28/06/16 se libró una cédula en soporte papel con copias (ver constancia a fs. 164 vta.) y la demandada se notificó de la resolución de fs. 164 el 12/07/2016.
Fecha de firma: 28/10/2016 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #20507964#165642541#20161028133850150 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VIII Expediente Nº CNT 24766/2012/CA1 Que el 5/07/16 el actor desistió del recurso de apelación presentado a fs. 149/156 y practicó la liquidación de la sentencia (fs. 165), lo cual, en atención al contenido de la apelación, sólo encuentra explicación en orden a los cambios de la jurisprudencia sobre la materia, incluso de esta Sala, a raíz del fallo dictado por el Alto Tribunal, el 7 de junio de 2016, in re “E., D.L. c/
Provincia ART S.A. s/ Accidente- Ley especial”
Que el 1º/08/2016 a las 8:45 hs. la demandada contestó el traslado de la expresión de agravios (cfr. cargo impreso a fs.166/168).
Que a fs. 170 la Sra. Juez “a quo” dijo: “Buenos Aires, 22 de agosto de 2016” A fs. 165: Toda vez que el recurso ya fue concedido por quien suscribe y corrido los agravios expresados al desistimiento efectuado no ha lugar. A fs.166/168: Por contestados en término los agravios. Elévense los autos a la Excma.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en la forma de estilo.”
Que en la presentación en...
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