Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 16 de Septiembre de 2016, expediente CIV 051716/1997

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala L

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L EXPTE N° 51.716/1997 – JUZG. 52 “S.M.A. c/ ROSSI ENRIQUE ESTEBAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)”

Buenos Aires, de septiembre de 2016.- M AUTOS; Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Apeló el actor la providencia de fs. 517 en cuanto denegó

    los pedidos para que se libren oficios al Registro de la Propiedad Inmueble de esta Ciudad y al Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios a fin de informar si se encuentran inscriptos bienes a nombre de los demandados E.E.R. y H.M.P.. También apeló el actor el auto de fs. 517 en cuanto rechazó el pedido de que se libre un oficio al Banco Central de la República Argentina a los efectos de que éste comunique sobre la existencia de cuentas bajo la titularidad de los demandados.-

    El magistrado concedió la apelación respecto de la denegatoria del pedido de informes al Banco Central de la República Argentina y el actor expresó sus agravios a fojas 520/521.-

    Respecto de los pedidos al Registro de la Propiedad Inmueble y Automotor, el juez denegó el recurso de apelación por falta de gravamen irreparable, lo que motivó que el actor recurriera en queja que fue admitida por la Sala en la resolución de fojas 532, de modo que las actuaciones se encuentran en condiciones de resolver, habida cuenta de que se tuvo por fundado el recurso con la pieza de fojas 530/531.-

  2. En el análisis de la cuestión planteada no puede perderse de vista lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el conocido caso “Furlan vs. Argentina” (31/08/2012), donde se decidió -en lo que aquí interesa- que “…el lapso correspondiente a la etapa de ejecución de la sentencia judicial con el fin de realizar efectivamente el cobro de la indemnización hace parte del proceso y debe tomarse en cuenta para analizar el plazo razonable” y agregó el Tribunal que “…el Estado, en ejercicio de su Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA #14585658#161985661#20160916124545705 función judicial, ostenta un deber jurídico propio, por lo que la conducta de las autoridades judiciales no debe depender exclusivamente de la iniciativa procesal de la parte actora de los procesos”.-

    Sucede que, como recordó la Corte Interamericana en el fallo citado, “…la ejecución de las sentencias debe ser regida por aquellos estándares...

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