Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Diciembre de 2023, expediente CAF 041752/2023/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
41752/2023 SA ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS ESCORIHUELA (TF
13769351-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2023.- MP
AUTOS Y VISTOS:
Tanto la representación fiscal como el doctor R.M.P.M. (por derecho propio) interpusieron y fundaron recursos de apelación "por altos" y "por bajos", cuyos respectivos traslados fueron contestados,
contra la regulación de los honorarios.
CONSIDERANDO:
-
Que la letrada de la representación fiscal argumenta que el Tribunal Fiscal de la Nación no especificó la base considerada a los efectos regulatorios. A su vez, ambas partes exhiben agravios referentes a la inclusión o exclusión de la base regulatoria de los intereses que se devengaron hasta la fecha de la sentencia.
En ese sentido, la fijación del monto en $2.716.982,40 —que es la suma determinada como monto de juicio a los efectos del pago de la tasa de actuación (fs. 270 y fs. 303/306)— es adecuada a los fines de estimar los honorarios profesionales en el presente litigio.
Por lo demás, la ley 27.423 aquí aplicable, no prevé la incorporación de aquellos intereses a la base regulatoria, puesto que no existe una liquidación actualizada con intereses resultante de la sentencia dictada por el Tribunal Fiscal de la Nación, la demanda no fue desestimada íntegramente y tampoco se presenta un monto de condena (artículos 22 y 24; esta sala, causa "Vireyes Agropecuaria SA (TF 31166-A) c/ DGA s/
recurso directo de organismo externo", pronunciamiento del 21 de octubre de 2021).
Fecha de firma: 28/12/2023
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
-
Que dada la naturaleza del proceso, su monto, las tres etapas procesales cumplidas, el mérito, la calidad y la extensión de la labor profesional desarrollada a la luz del resultado alcanzado, SE FIJA en 50,94
UMA —equivalentes a la suma de $1.556.828, de conformidad con los valores establecidos en la resolución SGA n° 3369/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— los honorarios a favor del doctor R.M.P.M. por su actuación en ejercicio de la dirección letrada y la representación procesal de la parte actora en la instancia anterior (artículos 16, 20, 21, 29 y demás concordantes de la ley 27.423).
Regístrese, notifíquese, comuníquese al Tribunal Fiscal...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba