Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 31 de Julio de 2018

Fecha de Resolución31 de Julio de 2018
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita448/18
Número de CUIJ21 - 511613 - 6

Reg.: A y S t 283 p 460/461.

Santa Fe, 31 de julio del año 2.018.

VISTOS: Los autos caratulados "S., O.A. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'S., O.A.S./ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE, AGRAVADO POR LA RELACIÓN DE PARENTESCO CON LA VÍCTIMA' - (CUIJ 21-06290568-6) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00511613-6), venidos para resolver acerca de la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpuesto por la defensa del imputado contra la sentencia de este Tribunal de fecha 13 de marzo de 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que el remedio deducido por la presentante (cfr. fs. 115/128) contra la decisión de esta Corte registrada en A. y S. T. 281, pág. 194, no cumple con los recaudos establecidos en los incisos "d" y "e" del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional.

En efecto, la interesada no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, pues no refuta debidamente todos y cada uno de sus fundamentos en relación con las cuestiones planteadas, ni demuestra que medie una vinculación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho aludido con sustento en aquéllas.

Ello se advierte de la lectura del memorial recursivo, por cuanto en el apartado dedicado a refutar todos y cada uno de los fundamentos del pronunciamiento atacado, la compareciente se limita a hacer una simple remisión al relato que efectuara de las circunstancias relevantes del caso, pero sin replicar siquiera mínimamente las respuestas brindadas por esta Corte en su oportunidad.

Se observa, asimismo, que los planteos de arbitrariedad de la presentante importan -en esencia- una reiteración de postulaciones ya esbozadas, relacionadas con la no invalidación procesal pretendida y con su...

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