Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 15 de Noviembre de 2019, expediente CFP 12771/2015/1

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12771/2015/1/CA1 CCCF – Sala I CFP 12771/2015/1/CA1 “S L A s/ procesamiento”

Juzgado n°8 - Secretaría n°16 Buenos Aires, 15 de noviembre de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 12/17 de la presente incidencia por la Dra. R.P., Defensora Pública Coadyuvante de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales, en representación de L A S contra la resolución de fojas 4/10 en cuanto decreta el procesamiento sin prisión preventiva de la nombrada en orden al delito previsto por el art. 173 inciso 9º en función del art. 172 ambos del Código Penal, en calidad de autora (art. 45 del mismo cuerpo legal), trabándose embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cuarenta mil pesos ($40.000).-

  2. La presente causa tiene su génesis en virtud de la extracción de testimonios efectuada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 8, en el marco de los autos nº

    6522/11, caratulados “S., S.M. y otros s/defraudación por administración fraudulenta…”, a los efectos de que se investigue la presunta comercialización de un bien cautelado en el marco del legajo de referencia.-

    De los testimonios se desprende que en el marco del sumario nº 6522/11, con fecha 6 de agosto de 2015, H A Q solicitó

    el levantamiento de la medida de no innovar que pesaba sobre el vehículo marca Fiat Brava ELX 1.9 JTD, dominio ### ###, año 2001, con el objetivo de anotarlo registralmente a su nombre o, en su caso, para que se lo designe como depositario judicial, refiriendo que Fecha de firma: 15/11/2019 Alta en sistema: 19/11/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA #34272548#249765311#20191115125028783 resultaba ser comprador de buena fe y tenedor del mismo toda vez que un mes atrás, a través de la página web de ventas de OLX, había adquirido el rodado de mención por la suma de veintidós mil pesos ($22.000) a una mujer de nombre “L., quien le entregó el automóvil con su cédula de identificación, un formulario 131 y un formulario 08 en blanco, supuestamente firmado por los titulares para su inmediata transferencia .-

    Asimismo, agregó que al llamar a la vendedora para pagarle el saldo de dos mil pesos ($2.000) y manifestarle que el formulario 08 no reunía las condiciones para hacer la transferencia, aquélla respondió de mal modo, no pudiendo volver a comunicarse; frente a lo cual solicitó un informe de dominio del automóvil del que surgió que su titular es Construcciones Calificadas -cuyo presidente es M C- y que el rodado en cuestión registraba una medida judicial de no innovar decretada el 19 de octubre de 2011 en la marco de los autos nº

    6522/2011.-

    Además, expuso que en una ocasión “L.” lo puso en contacto con una persona de nombre “J. -quien sería su presunta pareja- el cual le refirió que trabajaba para “Los S. y que le iba a conseguir un gestor para solucionar la transferencia.-

    Finalmente, aportó el nro. telefónico de “L.”

    y su domicilio -donde revisó el rodado antes de su compra- y el nro.

    ...

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