Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 8 de Marzo de 2018, expediente CCF 006948/2017/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2018 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I 6948/2017 S, A. L. Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, de febrero de 2018.- RMI Y VISTOS:
Los recursos de apelaciones interpuestos y fundados: a)
por el Sr. Defensor Público Oficial a fs. 111/113 -contestado por la accionada a fs. 143/147-; y b) por la demandada a fs. 119/126 –
respondido por la actora a fs. 130/133 y por el Ministerio Público de la Defensa a fs. 137/138-; contra la resolución de fs. 103/105; y CONSIDERANDO:
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La medida cautelar decretada en autos dispuso que OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios arbitrara los medios pertinentes para brindarle a la amparista la cobertura del 100%
de las prestaciones de escolaridad en el Colegio Bayard, módulo de integración escolar doble turno y tratamiento farmacológico, todo ello de acuerdo a las prescripciones de su médico tratante y hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo (cfr. fs. 103/105).
Contra esa decisión la actora interpuso recurso de apelación a fs. 106/109, el que fue declarado extemporáneo a fs. 110.
También apelaron el pronunciamiento: el Sr. Defensor Público Oficial a fs. 111/113, recurso que fue concedido a fs. 114, y la demandada a fs. 119/126, el que fue concedido a fs. 127 (primer párrafo).
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El Ministerio Público de la Defensa solicitó la revocación parcial del pronunciamiento. Adujo que debería hacerse lugar al reclamo de la amparista en cuanto solicitó la cobertura del 100% de las prestaciones que necesita la menor con determinados Fecha de firma: 08/03/2018 Alta en sistema: 19/04/2018 Firmado por: NAJURIETA - URIARTE, #30510480#198182683#20180309095134974 profesionales y no con los que pertenecen a la cartilla de la demandada. Agregó que no corresponde que, en caso de otogarse lo requerido, se haga mediante la modalidad de reintegro y –sólo- en forma limitada y no integral -como correspondería-.
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La demandada solicitó la revocación del pronunciamiento sobre la base de agravios que pueden resumirse de la siguiente manera: a) el carácter innovativo de la medida cautelar otorgada exigía que el sentenciante haya tomado mayores recaudos; b) el objeto de la medida cautelar y el de la acción de amparo resultan indénticos, produciéndose un anticipo de sentencia en la cuestión de fondo, lo que resulta inadmisible; y c) la sentencia es arbitraria por cuanto el a quo interpretó en forma errónea que su parte se negó a otorgar las prestaciones indicadas.
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En los términos...
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