Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 30 de Junio de 2023, expediente CIV 001992/2012/CA001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2023
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

1992/2012

S G F Y OTROS c/ B F M Y OTROS s/DAÑOS Y

PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de junio de 2023. MA

AUTOS Y VISTOS:

  1. Las presentes actuaciones son elevadas a esta Sala con motivo del recurso interpuesto y fundado por los actores el 2/5/2023 y cuyo traslado fue contestado el 8/5/2023 por la codemandada Autopistas Urbanas S.A. y el 13/5/2023 por el codemandado B y su aseguradora.

  2. La Sra. Jueza decretó a pedido de la codemandada Autopistas Urbanas S.A. y la citada en garantía Paraná S.A. de Seguros la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones.

    Consideró que desde el día indicado por las incidentistas (14/9/2021)

    cuando se proveyó un escrito presentado por la perito médica en el cual solicitaba una serie de estudios a fin de responder los puntos periciales propuestos, hasta el día del acuse, transcurrió el plazo previsto por el inc. 1° del art. 310 del CPCCN sin que los reclamantes hayan formulado peticiones tendientes a hacer avanzar el trámite del proceso hacia el dictado de la sentencia.

    Los actores, al contestar el planteo de las accionadas en primera instancia, refirieron haber realizado los actos pertinentes para la realización de los estudios complementarios requeridos. Por ello, la magistrada ordenó las medidas para mejor proveer dispuestas en la providencia del 26/5/2022 que consistían en el libramiento de oficios en los términos del art. 400 del CPCC y de la ley 22.172 a: a) Centro Médico “Sala de Primeros Auxilios de H.” para que informe si en fecha 10 de febrero de 2022 se le efectuaron psicodiagnósticos con la intervención del licenciado G B mat.80.138 CPPBA D XIV a los coactores y en su caso remita copia del libro de atención, historias clínicas de los nombrados y estudio psicodiagnóstico; b) DIM,

    R.M., para que informe fecha de los turnos asignados para la realización de los estudios de TAC y E. encomendados como así también fecha en que dichos turnos fueron requeridos y si los nombrados concurrieron a dichos turnos.

    Fecha de firma: 30/06/2023

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.S.S., SECRETARIA ADSCRIPTA

    El "a quo" sólo consideró cumplida la diligencia ordenada en el punto a) y señaló que el oficio indicado en el punto b)

    no fue acreditado, a lo cual sumó que el Hospital Rivadavia informó

    que los actores no se presentaron para la realización de los...

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