Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 29 de Mayo de 2019, expediente CFP 005366/2016/1/CA004

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 5366/2016/1/CA4 CCCF - SALA I CFP 5366/16/1/CA4 “S F M A s/ tipo de caución”

J.. Fed. nro. 7 - Sec. nro. 14 Buenos Aires, 29 de mayo de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 34/6 por la asistencia letrada de M A S F contra el auto de fojas 27/9 en cuanto hizo lugar a la excarcelación del nombrado bajo caución personal fijando la suma de veinte mil pesos ($20.000) en caso de incomparecencia.

  2. Al momento de manifestar su voluntad recursiva la defensa requirió la modificación de la caución impuesta por una de carácter juratoria.

  3. Tal como este Tribunal lo ha sostenido en anteriores ocasiones, al tiempo de determinar el tipo de caución a imponer, los magistrados han de hacer mérito de la idoneidad que la medida supone como garantía de que el imputado habrá de responder a los requerimientos que puedan hacérsele durante el proceso.

En ese sentido, considerar la naturaleza del delito que se investiga y las condiciones personales del imputado, resulta un mandato ineludible a fin de que, sin encubrir una tácita negativa, la garantía que se busca no sea meramente formal (ver causa Nº 42.853, reg. Nº 210, rta. el 18/03/09).

Bajo tales parámetros, se sigue entonces que la decisión recurrida en nada se contradice con las pautas tenidas en cuenta por esta Alzada.

Fecha de firma: 29/05/2019 Alta en sistema: 30/05/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., SECRETARIA DE CAMARA #30040687#235798773#20190529122718973 Coincidimos con el Juez de grado en cuanto a la imposición de...

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