Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 17 de Noviembre de 2016, expediente CCF 007394/2014/CA002

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n°7.394/14/CA2 “S.O. c/ OSDE s/ sumarísimo de salud”

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2016.

Y VISTO: A fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs.187, (concedido en relación y con efecto devolutivo a fs. 189) contra la resolución de fs. 171/175, fundado a fs.

195/203vta. y que mereciera la réplica de la parte actora a fs. 205/210vta.

Vistas que fueron las actuaciones por la Señora Defensora Oficial a fs. 214, Existen también, recursos de apelación por los honorarios regulados, y CONSIDERANDO:

  1. El señor O.H.V., en representación de su madre O.S., inició la presente acción contra OSDE a fin de que le brindara la cobertura integral de tercer nivel con atención médica permanente en la institución “Congregación Madres de Desamparados y S.J. de la Montaña”, con más la provisión de la medicación indicada por sus médicos, asistencia kinésica, traslados a centros de asistencia y estudios médicos, seguimiento por médico cardiólogo que la atiende en la actualidad y otro por él supervisado (v. fs. 27 y ss.) y en función de la seria discapacidad que padece (estenosis valvular aórtica con múltiples episodios de descompensación).

    Por último, solicitó el dictado de una medida cautelar (v.

    fs. 33, pto. V).

    El señor J. de primera instancia, hizo lugar a la medida peticionada, y ordenó a la demandada que diera cobertura integral de internación geriátrica a la señora O.S.

    Resolución que fue confirmada por este Tribunal a fs.

    77/78vta.

  2. Encontrándose las actuaciones en condiciones de dictar sentencia, el señor Juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a OSDE que brindara la cobertura integral de la internación geriátrica Fecha de firma: 17/11/2016 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #24558485#166539405#20161118044737578 en la institución “Congregación Madres de Desamparados y S.J. de la Montaña”. Las costas fueron impuestas a la demandada vencida (v. fs.

    171/175).

    Contra dicha resolución apeló la parte demandada.

    En su memorial de agravios cuestiona que el a-quo no merituó que la Sra. O.S. cuenta con grupo familiar continente y que, en consecuencia, no se encuentra obligada a cumplir con lo solicitado.

    En otro orden de ideas, menciona el artículo 6 de la ley de Discapacidad en cuanto sostiene que la obligatoriedad de otorgar las...

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