Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 13 de Mayo de 2021, expediente CNT 003703/2020/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA II
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE NRO.: 3703/2020
AUTOS: R., I.G. c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY
ESPECIAL
En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar en forma remota y virtual mediante los canales electrónicos disponibles, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
El Dr. D.S. dijo:
Arriban las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la resolución dictada en primera instancia que declaró la incompetencia territorial de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en estas actuaciones con sustento en la ley 27.348.
Requerida la opinión de la F.ía General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió a tenor del dictamen que antecede.
Ahora bien, con respecto a este punto y a los cuestionamientos constitucionales de la ley 27.348 opuestos por la parte actora,
corresponde destacar que, si bien mis votos en la Sala X en las causas "Corvalan" 1 y "M.M."2 discrepan con el criterio mayoritario adoptado por esta Sala II en su actual integración de los Dres. R.C.P. y V.A.P., en el caso “V., C.A. c/ Provincia ART S.A. s/ Accidente – Ley Especial” 3, S.
-
del 18/03/2021, se ha decretado la inconstitucionalidad de los artículos 1º, 2º y concordantes de la ley 27.348 y es por ello que, en virtud del principio de economía y celeridad procesal,
me remito a dichos fundamentos, dejando a salvo mi opinión.
1
http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=0l%2BvFSRie98027kDKNbLxqbr4sBw %2FZSwCPS5BlsFP4k%3D&tipoDoc=sentencia&cid=379413
2
http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=sdh6Amgfps7NaU6NcoQsKwqMY1Rxy %2FpebnvFQW6A8Kg%3D&tipoDoc=despacho&cid=380525
3
http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?
Fecha de firma: 13/05/2021
Alta en sistema: 14/05/2021
id=nGJaA5dRMqsfQMxOCt8H9OQoshYqaFcpo5wgoh4JHqQ%3D&tipoDoc=sentencia&cid=6037613
Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA
De acuerdo al mencionado criterio, tal como se explicó en la causa “C.A., J. c/ Swiss Medical Art S.A. s/ Accidente – Ley Especial”
Expediente N...
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