Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 26 de Diciembre de 2023, expediente CIV 052685/2022/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

52685/2022

R.D.S.D. C/ MUNICIPALIDAD DE

SANTA FE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS 1 SOLICITUD DE

MEDIDAS O PRUEBA ANTICIPADA 4 CONEXO 5

MEDIACIÓN JUZ EXPEDIENTE JUZ JUDICIAL / PRIVADA / 6

DEF. MENORES DEF. POBRES FISCALÍA 7 MONTO CÓD.

Buenos Aires, 26 de diciembre de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto el 13/11/2023 frente a la regulación de honorarios del 9/11/2023.

Ahora bien, esta sala sostuvo durante la vigencia de la ley 21.839 que resultaba prudente diferir el pronunciamiento sobre los honorarios de los peritos designados en el marco de un exhorto hasta tanto existiera sentencia definitiva en el juicio principal o dicho proceso finalizara de algún otro modo (conf. esta Sala, “

A., A.V. y otra c. P.B., C.A. y otros s. exhorto”, expte. 22183/09 del 7/2/2012). Las razones que sostenían ese temperamento se explicaban desde que el art. 12 de la ley 22.172 remite a la norma arancelaria vigente en la jurisdicción del juez oficiado y el régimen derogado no contemplaba la posibilidad de una regulación íntegra en este tipo de supuestos ya que (i) no existía una base regulatoria a partir de la cual pudieran calcularse los honorarios; y (ii) el hecho de no haberse sustanciado el dictamen pericial daba pie a que la labor del experto no estuviese terminada y por ende, en caso de requerirse explicaciones, la justipreciación de sus trabajos deviniera en parcial.

Sin embargo, luego de la sanción de la ley 27.423, este colegiado expuso detalladamente en el precedente “Conarpesa Continental Armadores de Pesca S.A. c. Orion S.R.L. y otros s.

exhorto” (expte. n° 33.425/2017), del 28 de septiembre de 2018 (ver aquí), los argumentos que lo llevaron a modificar ese criterio,

especialmente en función de lo previsto en los arts. 10, 50 y 59 de la referida norma. Por ello, y con expresa remisión a los Fecha de firma: 26/12/2023

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

fundamentos expuestos en esa oportunidad, se abordará la regulación de honorarios apelada de conformidad con la ley arancelaria vigente.

Así, para decidir en el recurso de apelación interpuesto contra la regulación de honorarios de la auxiliar, se ponderarán las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad,

eficacia y extensión, la naturaleza...

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