Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 1, 10 de Octubre de 2013, expediente 14042/12

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2013
EmisorSala 1

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 14.042/12

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 89.242 CAUSA NRO. 14.042/12

AUTOS: “RUIZ CRISTIAN EZEQUIEL C/ A.R.T. INTERACCION S.A. S/ ACCIDENTE

– LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO. 66 SALA I

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 10 días del mes de Octubre de 2.013, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.A.V. dijo:

I) El Sr. Juez “a quo”, a fs. 112/115, hizo lugar al reclamo tendiente a la reparación del accidente laboral sufrido por el trabajador, con sustento en las previsiones de la LRT. Tal decisión viene apelada por la demandada Aseguradora de Riesgos del Trabajo Interacción S.A. a tenor de las manifestaciones insertas en el memorial de fs. 123. Por otro lado, el perito médico se alza a fs. 120 por estimar bajos sus honorarios.

II) Memoro que el actor el día 3 de mayo de 2011 sufrió un accidente in itinere cuando en ocasión de dirigirse a su hogar, luego de finalizada su jornada laboral, fue embestido con su motocicleta por un vehículo particular marca Fiat Duna en la localidad de González Catan, en la Provincia de Buenos Aires.

Como consecuencia del impacto es atendido preventivamente en el Hospital Zonal General de Agudos de la misma localidad, para luego ser derivado a la clínica perteneciente a la ART sita en la calle F.R. de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en donde le diagnosticaron rotura de mandíbula, contusiones varias en diferentes partes del cuerpo y corte de su pierna derecha. Es intervenido quirúrgicamente el dia 6 de mayo del mismo año con el fin de colocarle plaquetas y prótesis en su mandíbula para tratar de intentar que la misma suelde. Luego de dos días del post operatorio obtiene el alta médica (ver fs. 3 vta./4). Explicita que en la actualidad presenta secuelas en su mandíbula y pierna derecha, dificultad para caminar, para comer, dolor de oído, cicatrices y un agudo trastorno del sueño. El actor indica en la demanda que sus consultores médicos le asignaron una incapacidad del 1

35% de la t.o. (ver fs. 4). Sin embargo de la pericia médica agregada en la causa a fs.

88/91, que llega firme a esta instancia, surge que el trabajador presenta una incapacidad del 40.15% de la t.o..

III) Con relación a los agravios dirigidos a cuestionar la fecha en que comienzan a correr los intereses, considero que no deberían...

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