Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 15 de Noviembre de 2023, expediente COM 004145/2023/CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA COMERCIAL - SALA B

4145/2023 - RUIBAL, M.I. c/ VOLKSWAGEN S.A. DE

AHORRO PARA FINES DETERMINADOS s/EJECUTIVO

Juzgado N° 27 - Secretaría N° 54

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 27.423, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re: “Forcam S.A. c/ Shimasho S.A. y otro s/ ejecutivo” del 26.03.2019; in re: “Asociación Educacionista Arg. c/ D`Ippolito L.A. y otro s/ ejecutivo” del 21.10.2019; in re: “G.S. c/ G.V.J. s/ ejecutivo” del 14.08.2020; in re:

    T.P.A. c/ L.G.L. s/ ejecutivo

    del 04.12.2020; entre otros, por aplicación del fallo de la CSJN in re:

    Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa

    del 04.09.2018).

  2. Por lo expuesto, en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos realizados, se confirman en 1,37 UMA

    -equivalentes a pesos treinta y cuatro mil setecientos sesenta y uno ($34.761)- los honorarios de la letrada en derecho propio, Dra.

    M.I.R. (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 29 inc. f),

    34, 51 y Res. SGA 2722/23 de la CSJN).

  3. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac.

    31/11 y 38/13 CSJN.

    Fecha de firma: 15/11/2023

    Alta en sistema: 17/11/2023

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA COMERCIAL - SALA B

  4. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.

  5. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 6 (conf. Art. 109 RJN).

    M. GUADALUPE VÁSQUEZ

    MATILDE E. BALLERINI

    ADRIANA E. MILOVICH

    Secretaria de Cámara Fecha de firma: 15/11/2023

    Alta en sistema: 17/11/2023

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., SECRETARIA DE CAMARA

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