Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 21 de Marzo de 2023, expediente CAF 032513/2019/CA001

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I

Causa nro. 32.513/2019 “Rueda, G.A. y otros c/ EN M° de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología s/ empleo público” - Juzg. nro. 9

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de marzo del 2023, reunidos en acuerdo la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los autos caratulados “Rueda, G.A. y otros c/ EN M° de Educación,

Cultura, Ciencia y Tecnología s/ empleo público”,

La jueza Clara María do Pico dijo:

  1. La sentencia admitió, parcialmente, la demanda promovida por los actores y reconoció su derecho a que se les abone el incentivo docente FONID, creado por la ley 25.053, con carácter remunerativo, desde la fecha de interposición del reclamo administrativo previo —que data de fecha 31/10/18— y hasta su efectivo pago, con intereses.

    Para así decidir:

    1. Rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva formulada por la demandada Estado Nacional.

    2. Rechazó la excepción de falta de legitimación activa formulada por la demandada Estado Nacional, sobre la pretensión de los actores para que efectivicen los aportes y contribuciones.

    3. Rechazó la excepción de prescripción formulada por la demandada Estado Nacional y el tercero Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al resaltar que los actores limitaron su pretensión al plazo establecido por el art. 4027, inc. 3°, del Código Civil entonces vigente.

    4. Rechazó la pretensión de los actores en torno al carácter bonificable del incentivo docente, de conformidad con la normativa reseñada.

    5. Fijó intereses a la tasa pasiva promedio mensual del BCRA.

    6. Distribuyó las costas del proceso en el orden causado, por la existencia de vencimientos parciales y mutuos (art. 71 del CPCCN).

    Fecha de firma: 21/03/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I

    Causa nro. 32.513/2019 “Rueda, G.A. y otros c/ EN M° de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología s/ empleo público” - Juzg. nro. 9

  2. Apelaron los actores y el demandado Estado Nacional, pero sólo éste último expresó agravios que fueron contestados por el tercero citado Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

    El Estado Nacional criticó la sentencia por cuanto rechazó su excepción de falta de legitimación pasiva y lo condenó a abonar el incentivo docente.

  3. En atención a lo informado por el Tribunal con fecha 9/9/22,

    se declara desierto el recurso de apelación deducido por los actores, atento lo dispuesto por el art. 266 del CPCCN.

  4. La crítica de la demandada, en torno a la excepción de falta de legitimación pasiva y la condena de pago del...

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