Rubros
Fecha de la disposición | 18 de Septiembre de 2006 |
El Señor Juez del 1er. Juzgado de Procesos Concursales y de Registros, Secretaría N° 1 en los Autos N° 47.367, caratulados: "RUBROS S.A. p/CONC. PREV.", a fs. 62, 63, 64, 65, el Juzgado resolvió: "Mendoza, 28 de agosto de 2006. Autos y vistos:... Resultando:... Considerando:... Resuelvo: 1°) Declarar la apertura del concurso preventivo Rubros S.A., CUIT: 30-70887101-6, inscripta en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, en los Registros Públicos de Sociedades Anónimas y Comerciantes respectivamente y cuya radicación fuera aprobada conforme Resolución N° 1823 de fecha 22 de noviembre de 2004 legajo 8.176 fojas 1 y 8 del Registro Público de Sociedades Anónimas, la que tramitará conforme a las normas para los pequeños concursos (Arts. 288, 289 y LCQ). 2°)... 3°) Fijar el día 28 de setiembre próximo para que el síndico que resulte designado emita el informe requerido por los Arts. 14 incs. 11 y 12 y 16 LCQ, el que estará a disposición de la concursada y demás interesados hasta el 17 de octubre próximo, dictándose resolución la procedencia de los créditos laborales con derecho al pronto pago y el modo de efectivización el 20 de octubre de 2006. Para el caso que haya acreedores con dicho beneficio (acordado de oficio o a petición de parte), el síndico deberá continuar presentando el informe respecto de la existencia de fondos líquidos y/o en su caso el porcentaje de ley para atribuir a dichos acreedores los días 10 de cada mes y hasta que concluya el concurso o se cumpla con el pago de todas esas acreencias en la forma establecida por la ley. 4°) Fijar el día 28 de diciembre de 2006, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico (Art. 14 inc. 3°) pudiendo los deudores y los acreedores que hubieran solicitado verificación concurrir al domicilio de sindicatura hasta el 13 de febrero 2007 (Art. 34°) a efecto de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas bajo el régimen previsto por el Art. 35 Ley 24522. Intímase a la Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del artículo 279 Ley 24.522. 5°) Fijar el día 13 de marzo de 2007...
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