Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 24 de Septiembre de 2021, expediente CIV 087022/2014/CA005

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

87022/2014

RUBIO, NATALIA DE LOS MILAGROS Y OTRO c/ FERREIRA,

S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2021.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en los recursos de apelación interpuestos el 8/9/2021 y el 9/9/2021 frente a la regulación de honorarios del 7/9/2021.

Para estudiar los emolumentos motivados en este tipo de trabajos deben ponderarse las constancias de autos y la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión junto con la naturaleza del asunto, su cuantía y las demás pautas establecidas en los arts. 1, 3,16, 21,41, 51, 54 y concordantes de la ley 27.423.

Igualmente, es importante resaltar que esta S. considera que siempre tiene que respetarse la proporcionalidad que debe haber entre la base regulatoria y los honorarios.

Bajo tales premisas, por resultar ajustados a derecho, se confirman los honorarios del Dr. H.J.M., por la ejecución de sus honorarios, en la cantidad de 1 UMA que al día de la fecha representa la suma de $4.978.

ASÍ SE DECIDE.

El presente acuerdo fue celebrado por medios virtuales y el pronunciamiento se suscribe electrónicamente de conformidad con lo dispuesto por los puntos 2, 4 y 5 de la acordada 12/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La vocalía número 27 se encuentra vacante.

R., notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164, 2°

Fecha de firma: 24/09/2021

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA

párrafo del Código Procesal y artículo 64 del Reglamento para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR