ROSARIO ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA y EXTRAORDINARIA (1ª Y 2ª CONVOCATORIA)

Número de registro402623
Fecha26 Septiembre 2019
EmisorASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA VIVIENDA Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS

La Asociación Civil ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA VIVIENDA Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS de la Provincia de Santa Fe convoca a los señores asociados en condiciones estatutarias a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará en su domicilio legal de calle San Lorenzo 919, planta baja, de Rosario, el día 22 de octubre de 2019. a las 18,00 horas en primera convocatoria y a las 18,30 horas en segunda convocatoria.

Se procederá al tratamiento del siguiente orden del día para cada una de ellas:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

ORDEN DEL DÍA

1) Designación de dos asociados para que suscriban el acta juntamente con el presidente y secretario del Consejo Directivo;

2) Consideración de la Memoria y Estados de Resultados e Inventario, informe del Órgano de Fiscalización, por el ejercicio comprendido entre el 1° de julio de 2018 y 30 de junio de 2019;

3) Elección de autoridades por renovación parcial del Consejo Directivo y conforme lo dispuesto en el estatuto (t.o.);

4) Fijación de los nuevos valores de las cuotas que abonan los asociados;

5) Ratificación de lo resuelto en las asambleas

generales ordinaria y extraordinaria anteriores.

NOTA: A los fines pertinentes, se transcriben los arts. 35 y 36 de los Estatutos que expresan:

Art. 35) Las asambleas generales ordinarias y extraordinarias se constituirán con la mitad más uno de los votos de los asociados con derecho a voto. Transcurrida media hora después de la fijada en la citación sin lograrse el número requerido, se realizarán con los asociados presentes. Las Asambleas sesionarán válidamente si se hubieran constituido con el quórum reglamentario, aún cuando durante la sesión perdieran ese quorum por el retiro de algún socio.

El Registro de Asistencia se clausurará al finalizar la Asamblea.

Art. 36) Las resoluciones de la asamblea se tomarán por simple mayoría, de los votos presentes excepto en los casos siguientes, que requieren mayoría del setenta y cinco por ciento (75 %) de los votos presentes:

a. Reforma de los estatutos.

b. Fusión con otra entidad.

c. Disolución de la Asociación.

d. Adhesión o afiliación a otra entidad.

e. Designación de asociados honorarios.

NOTA: Los asociados activos tendrán derecho a un voto. Los síndicos no podrán votar en los asuntos relacionados con su gestión.

$ 50 402623 Sep. 26

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