Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 30 de Mayo de 2017, expediente CNT 047956/2014/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Causa N°: 47956/2014 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50865 CAUSA Nº 47.956/2014 - SALA VII - JUZGADO Nº 72 En la ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo de 2017, para dictar sentencia en los autos: “ROSALES ISABEL LINA C/ BRAUER S.A. S/

DESPIDO”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta la actora e inicia demanda contra B.S.A. en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que la demandada es una empresa que se dedica a la importación, fabricación y venta moblaje para espacios abiertos, jardines y todo lo relativo a lo llamado “outdoor”, y en ella ingresó a trabajar el 01-06-1982, para cumplir tareas en las categorías que describe.-

    Explica las características y condiciones en que se desarrolló el vínculo y dice que a partir del nombramiento de otra empleada comenzó a sufrir hostigamiento y persecuciones que le fueron afectando su salud y en virtud de ello debió tomar licencias médicas prescriptas.-

    Da cuenta de un incidente ocurrido el día 13-01-2014 cuando preguntó a la demandada que necesitaba y fue respondida por aquélla a los gritos acusándola de desquiciada, lo que le produjo una crisis de angustia por lo que debió retirarse y su médico le ordenó reposo laboral por stress.-

    Afirma que el día 21-01-2014 recibió la comunicación de su despido directo, endilgándole la demandada una “gravísima inconducta… al agredir verbalmente e injuriar reiteradamente a la Sra. E.J. de B.…”, lo que niega enfáticamente.-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    La demandada responde a fs. 51/57vta.-

    Desconoce los extremos invocados por la parte actora, relata su versión de los hechos y pide, en definitiva, el rechazo del reclamo.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 202/204vta. en la que el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones de la actora, lo que motiva el recurso que la demandada articula a fs. 206/208vta.-

    También hay apelación del Sr. perito contador quien considera reducidos sus honorarios (fs. 205/vta.).-

    Fecha de firma: 30/05/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #23891699#179147763#20170530115929496 Causa N°: 47956/2014 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

  2. En líneas generales la demandada cuestiona el fallo en tanto consideró que el despido de la actora resultó ilegítimo. Para hacerlo sostiene que no se han evaluado adecuadamente las pruebas producidas, mas a mi juicio no le asiste razón.-

    En efecto, en primer lugar debo recordar que producido el despido directo, la carga de la prueba de la causa del mismo queda en cabeza del demandado y de no ser así cae la justificación de rescisión del vínculo más allá de la existencia o no de actividad probatoria del actor. Ello es así, en los términos del art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la...

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