Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 18 de Octubre de 2023, expediente CNT 025190/2021
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL
TRABAJO - SALA X
SENT.INT. 1 - 2 EXPTE. Nº: 25.190/2021 (57.366)
JUZGADO Nº: 3 SALA X
AUTOS: “RONDINELLI, DEBORA ANDREA C/
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL S/ JUICIO SUMARISIMO”
Buenos Aires, fecha al pie VISTO:
El recurso extraordinario federal deducido por la Administración Nacional de la Seguridad Social que mereciera réplica de la contraria.
Y CONSIDERANDO:
-
Es de destacar que, en el caso, no se trata de ninguno de los tres supuestos previstos en el art. 14 de la ley 48.
-
En su memorial la recurrente enumera una presunta postergación de los derechos de propiedad, defensa en juicio, debido proceso, división de poderes y principio de congruencia (arts. 5, 17 y 18 de la Constitución Nacional -a su vez menciona sin especificar sendas violaciones a los artículos 14; 14 bis y 19), más no relaciona directamente las alegadas violaciones al decisorio arribado en autos. No basta una mera mención a los derechos constitucionales presuntamente postergados para que la cuestión federal o constitucional se encuentre presente y habilite la vía extraordinaria, máxime cuando se pretenden atribuir las mentadas violaciones por una sentencia conforme a los principios de razonabilidad y legalidad emanados de la Norma Fundamental (arts.
18, 19, 28, 75 inc. 22 CN y 8.1 y 25 CADH).
Tampoco se advierte la arbitrariedad inferida, por cuanto el recurrente se limita a disentir con la interpretación que ha efectuado este Tribunal con relación a cuestiones de hecho y prueba y de derecho común –no federal- y procesal.
Fecha de firma: 18/10/2023
Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL
TRABAJO - SALA X
-
Es por ello que los temas involucrados no habilitan la instancia de excepción, conforme la inveterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, por lo conocida y reiterada, se torna innecesario precisar.
Por todo ello, el Tribunal
RESUELVE:
1)
Denegar el recurso extraordinario federal deducido por la demandada; 2) Imponer las costas de la incidencia a la recurrente vencida (arts. 68 y 69 CPCCN) a cuyo efecto regúlanse los honorarios de los intervinientes en el 10% de lo que le corresponda percibir a cada uno de ellos por las tareas cumplidas en las instancias ordinarias; 3) Cópiese, regístrese,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba